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Nacionalidad colombiana a niños migrantes: ¿permitirá que sean adoptados?

En diálogo con La W, Lina Arbeláez, directora del ICBF, se refirió al proyecto que busca dar nacionalidad a los menores de edad migrantes que están bajo custodia del instituto.

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Colombia

El pasado 17 de mayo, el Gobierno Nacional radicó ante el Senado de la República el proyecto de ley que busca la adquisición de la nacionalidad colombiana por adopción de menores de edad migrantes bajo protección del Estado.

En diálogo con La W, la directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Lina María Arbeláez, se pronunció sobre esta iniciativa que busca que los más de 1.200 niños que se encuentran bajo custodia de la entidad se regularicen.

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Así, sobre el limbo jurídico en el que actualmente se encuentran muchos niños migrantes que fueron abandonados o violentados en Colombia y que, por falta de una nacionalidad colombiana, no pueden acceder a muchos beneficios (como ser adoptados), Arbeláez explicó:

El proyecto de ley no contempla la adopción, no porque no hayamos querido sino porque convenciones internacionales –como la de La Haya– prohíben a cualquier Estado que tenga una crisis o emergencia migratoria, o elemento de refugiados, adoptar a niños”.

Así, Arbeláez indicó que los niños podrían quedar en riesgo jurídico si, tiempo después, sus familias reclaman su patria potestad.

Por eso, Arbeláez indicó que el proyecto busca, además de otorgar la nacionalidad, crear una modalidad nueva de hogares que pueden acompañar a los niños con su representación legal.

La iniciativa fue presentada por el ministro del Interior, Daniel Palacios, junto a la jefe de Gabinete, María Paula Correa y la directora del ICBF, Lina María Arbeláez. Según Palacios, esta contó con la firma de todos los ministros del gabinete.

Así lo aseguró Palacios: “(El proyecto busca) que puedan tener acceso a todos los derechos, garantías y protección de la Constitución y de igual forma bajo esa decisión poder garantizar que estén en los hogares del ICBF con patria potestad para poder garantizar la protección y el ejercicio pleno de sus derechos”.

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