Consejo de Estado ordena a Alcaldía de Bogotá reforzar seguridad del Palacio de Justicia
El Consejo de Estado le ordenó a la Alcaldía de Bogotá reforzar urgente la seguridad en el Palacio de Justicia, para evitar los disturbios de la marcha del 8 de febrero en medio de la elección de la próxima fiscal General de la Nación.

Palacio de Justicia. Foto: Getty Images / jaguarblanco
El Consejo de Estado le ordenó a la Alcaldía de Bogotá reforzar urgente la seguridad en el Palacio de Justicia para evitar los disturbios como los del 8 de febrero en medio de la elección de la próxima fiscal general de la Nación.
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El alto tribunal emite esta orden en medio del estudio de una tutela en contra de la Presidencia de la República, para que tome las medidas necesarias y suspenda de manera provisional la elección de la Fiscal General de la Nación hasta que esté garantizada la seguridad del Palacio.
La tutela
Gerardo Antonio Duque presentó escrito de tutela en contra de la Presidencia de la República de Colombia, con el que solicitó el amparo de los derechos fundamentales a la vida y a la integridad personal, que consideró vulnerados por las movilizaciones realizadas por la elección del Fiscal General de la Nación.
También pidió que el juez constitucional ordene al Presidente de la República tomar las medidas necesarias “como jefe de estado, jefe de gobierno y suprema autoridad administrativa” para reestablecer el orden público; y que como medida provisional urgente suspenda la elección del Fiscal General de la Nación hasta que estén garantizados los derechos.
El Consejo de Estado admitió la solicitud de amparo que presentó Gerardo Antonio Duque Gómez, en contra de la Presidencia de la República, y decretó como medida provisional que el alcalde mayor de Bogotá tome las acciones necesarias para reforzar la seguridad del Palacio de Justicia y sus alrededores.
Respecto a suspender la elección para elegir a la próxima fiscal General de la Nación, el alto tribunal niega la medida provisional bajo el argumento de que la elección del fiscal es un trámite que está sujeto a las normas constitucionales y legales que lo regulan: “y en ese orden, la suspensión de dicho mandato resulta improcedente. Por lo cual la medida de suspensión provisional solicitada será negada”, señaló el magistrado ponente Jaime Enrique Rodríguez.