¿Qué cubre el SOAT? Lo que debe saber antes de tomar carretera este fin de año
No tener un Seguro Obligatorio actualizado podría acarrear sanciones por parte de las autoridades de tránsito.
El Código Nacional de Tránsito es una norma que los centros de enseñanza automovilística o academias de conducción deben dar a conocer a quienes aspiran a obtener una licencia de conducción. La ley menciona normas de tránsito, aspectos para manejar adecuadamente y multas para infracciones.
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Se trata de la Ley 769 de 2002, que ha tenido varios cambios en sus más de veinte años de vigencia. Una de sus modificaciones clave llegó en 2013, cuando se implementó una nueva categoría de infracciones con millonarias multas.
Hasta el 2013, las multas se dividían en cinco categorías con una gradualidad que dependía de la gravedad de las faltas: A, B, C, D y E. Las infracciones tipo A eran, como en la actualidad, consideradas como las más leves, y las tipo E, las más severas, con multas de mayores montos.
Por ejemplo, en la categoría A se encuentran infracciones como no transitar por el carril derecho de una vía; en la B, manejar sin licencia; en la C, estacionar vehículos en sitios prohibidos; en la D, impedir el paso de vehículos de emergencia, y en la E, transportar en un mismo vehículo a pasajeros y explosivos.
En su momento, una de las infracciones del tipo E era conducir en estado de embriaguez. Sin embargo, desde la Ley 1696 de 2013 se creó la categoría F, en la que solamente se contempla pilotar bajo los efectos del alcohol. Las multas pueden ir desde los $3,89 millones hasta los $62,39 millones.
¿Qué cubre el SOAT al conducir en Colombia?
Una de las infracciones del tipo C, que podría acarrear una multa de treinta salarios mínimos diarios ($1′300.000 en 2024), es manejar sin portar los seguros ordenados por la ley. “Además, el vehículo será inmovilizado”, recalca el Código Nacional de Tránsito.
La normativa se refiere al Seguro Obligatorio de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito (SOAT), un elemento clave al momento de recorrer las vías nacionales y de recibir una inspección por parte de un agente de la Policía de Tránsito.
“Para poder transitar en el territorio nacional todos los vehículos deben estar amparados por un seguro obligatorio vigente”, remacha el artículo 42 del Código. La Superintendencia Financiera de Colombia explica que el Seguro ampara los daños de las personas que resulten lesionadas en un accidente de tránsito.
El SOAT, añade la Superintendencia, cubre los gastos médicos, farmacéuticos, hospitalarios o quirúrgicos para todas las personas lesionadas, además de la incapacidad permanente, el fallecimiento, los gastos funerarios y los gastos de transporte para movilizar a las personas afectadas.
Cuando se presente un siniestro, entonces, el Seguro Obligatorio cubre a quien conduce, a quienes vayan como ocupantes particulares, a los pasajeros en los vehículos de servicio público y a los peatones. Estas son las cuantías previstas para el SOAT:
- Para gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios, el SOAT podrá disponer de máximo ochocientos salarios mínimos diarios, que en 2024 son aproximadamente $34′666.666.
- Frente a la incapacidad permanente, el coste podrá llegar a los 180 salarios mínimos diarios, que en lo que queda del año son $7′800.000.
- Si se presenta una muerte, el valor será de 750 salarios diarios, o sea, $32′500.000 que incluirán gastos funerarios.
- En cuanto a los gastos de transporte y movilización de las personas lesionadas, diez salarios diarios, relativamente $433.333.