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Paro nacional 2021: juez absolvió a tres jóvenes acusados de terrorismo

Incongruencias en los testimonios de las personas que estaban en el lugar en el que ocurrieron los desmanes, además de la falta de pruebas que demostraran la supuesta responsabilidad de los procesados, fueron determinantes para adoptar la decisión.

Imagen de referencia de juez. Foto: Getty Images.

Imagen de referencia de juez. Foto: Getty Images. / SimpleImages

El juez séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá emitió sentido de fallo absolutorio a favor de Deiber Daniel Gómez, Juan David López y Elkin Duván Peña Maldonado, quienes estuvieron procesados por los delitos de terrorismo y violencia contra servidor público durante las protestas del paro nacional de 2021.

Ante la carencia de pruebas concluyentes que demostraran la responsabilidad de los tres jóvenes en los disturbios ocurridos el 30 de mayo de 2021 en la avenida Ciudad de Cali con calle 13 de Bogotá, en los que fue atacado un vehículo de la Policía Nacional y en el que resultaron heridos dos uniformados, el juez adoptó la decisión judicial.

Igualmente, consideró que hubo incoherencia en los testimonios no solo de las víctimas, sino también de los testigos que recolectó la Fiscalía General de la Nación sobre lo que ocurrió en medio del ataque en el que, según la acusación, fue vandalizado el carro de la autoridad por cerca de 50 personas.

También consideró que hubo errores en el reconocimiento fotográfico que se hizo de los procesados.

Por su parte, el abogado Rubén Darío Acosta Ortiz logró demostrar que sus clientes no estaban en el lugar de los hechos y, por el contrario, explicó que los jóvenes habían sido aprehendidos días antes y que supuestamente utilizaron dicha información para relacionarlos con el ataque contra el vehículo de la Policía Nacional que quedó demostrado que sí ocurrió y que los uniformados resultaron lesionados.

No obstante, quedaron fuertes dudas sobre la participación de los jóvenes que fueron señalados por la Fiscalía de haber participado en los hechos.

“La responsabilidad penal debe basarse en pruebas sólidas, libres de dudas razonables”, dijo el juez.

Por su parte, el abogado defensor señaló que “obtuvimos sentido del fallo absolutorio a favor de jóvenes que protestaron en el estallido social y que habían sido señalados de terrorismo y violencia contra servidor público. Los pusieron a estrenar la cédula en una cárcel; hoy celebran en libertad (…)”.

El juez leerá toda la sentencia en una audiencia que se realizará el 19 de febrero de 2025.

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