Anulan nombramiento de hermana de Margarita Rosa de Francisco en el Consulado de Colombia en Miami
El Tribunal declaró la nulidad del Decreto 1045 del 26 de junio de 2023, mediante el cual Adriana de Francisco Baquero, fue nombrada en provisionalidad como primer secretario de Relaciones Exteriores en el Consulado de Colombia en Miami.
![Adriana de Francisco y Margarita Rosa de Francisco. Foto: Instagram Adriana de Francisco](https://www.wradio.com.co/resizer/v2/JPNOGFPWZFCBZJ3JWMDEASSCK4.jpg?auth=29187d01c925eb11e607a393aa66707fd24809987002aa3ee75ad5337143b32e&width=650&height=488&quality=70&smart=true)
Adriana de Francisco y Margarita Rosa de Francisco. Foto: Instagram Adriana de Francisco
La decisión se tomó tras determinar que dicho nombramiento violó las normas de la carrera diplomática y consular, dado que para el momento de su expedición existían funcionarios de carrera en disponibilidad para asumir el cargo.
El fallo, emitido por la Sección Primera, Subsección “C” del Tribunal, concluyó que la designación de Adriana de Francisco Baquero infringió el artículo 125 de la Constitución Política y el artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000, que establecen que la provisión de cargos en el servicio exterior debe priorizar a los funcionarios de carrera antes de recurrir a nombramientos en provisionalidad.
Una demanda por vulneración de derechos en la carrera diplomática
La acción judicial fue interpuesta por Adriana Marcela Sánchez Yopasá y Mildred Tatiana Ramos Sánchez, quienes argumentaron que la designación de Adriana de Francisco Baquero se realizó sin considerar a los funcionarios de carrera que cumplían con los requisitos para ocupar el cargo.
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Según la demanda, el nombramiento transgredió la normativa dispuesta para la carrera diplomática, afectando los derechos de funcionarios con méritos acumulados en la carrera exterior. En particular, las demandantes señalaron que la funcionaria María Camila Hernández Rubio estaba en condición de disponibilidad al momento del nombramiento, por lo que debía haber sido considerada antes de recurrir a una designación en provisionalidad.
“La normativa es clara al establecer que los cargos en la carrera diplomática deben ser ocupados por funcionarios de carrera, salvo cuando no haya disponibilidad de estos. En este caso, había por lo menos una persona que cumplía con los requisitos y que pudo haber sido designada”, manifestaron las demandantes en el proceso judicial.
El Ministerio de Relaciones Exteriores defendió la designación
Por su parte, el Ministerio de Relaciones Exteriores defendió la legalidad del nombramiento, asegurando que se ajustó a las normas vigentes y que obedeció a las necesidades del servicio. Según la entidad, el decreto de designación se expidió tras una verificación que determinó la falta de funcionarios de carrera disponibles para ocupar el cargo de primer secretario en el Consulado de Colombia en Miami.
En su contestación, el Ministerio citó la certificación I-GCDA-23-003688 del 22 de marzo de 2023, en la cual se indicaba que no había funcionarios de carrera en el rango de Primer Secretario que estuvieran en cargos inferiores o en situación de alternancia que permitiera su nombramiento inmediato.
Sin embargo, el Tribunal desestimó estos argumentos al constatar que la funcionaria María Camila Hernández Rubio aún no se había posesionado en el cargo al que fue trasladada, por lo que seguía disponible para ocupar la vacante en cuestión.
El Tribunal determinó que hubo una violación a la norma
Al analizar los hechos, el Tribunal concluyó que el nombramiento en provisionalidad fue ilegal, ya que en la fecha de expedición del decreto (26 de junio de 2023), la funcionaria María Camila Hernández Rubio aún no había tomado posesión de su nuevo cargo en Washington, lo que significaba que estaba disponible para ser nombrada en la vacante en Miami.
El Tribunal reiteró que la designación en provisionalidad solo es válida cuando no hay funcionarios de carrera en disponibilidad, lo que no ocurrió en este caso. Por esta razón, declaró la nulidad del Decreto 1045 de 2023 y ordenó que la vacante en el Consulado General de Colombia en Miami sea provista conforme a la normativa de la carrera diplomática y consular.
Consecuencias de la decisión
Con esta decisión, Adriana de Francisco Baquero queda desvinculada del cargo en el que había sido nombrada en provisionalidad, y el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá cumplir con la sentencia, respetando la normativa vigente para la provisión de la vacante.
Además, el fallo establece un precedente importante en la aplicación del principio de mérito dentro de la carrera diplomática, reafirmando que los cargos de esta categoría deben ser ocupados prioritariamente por funcionarios de carrera antes de acudir a nombramientos provisionales.
Por ahora, el Ministerio de Relaciones Exteriores no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre la decisión judicial ni sobre los pasos que seguirá para acatar el fallo.