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¿Cómo funciona la reforma pensional de 2025 para contratos de prestación de servicios y ACCAI?

El nuevo sistema pensional implica que todos los usuarios cotizantes deben aportar a Colpensiones, aunque una parte de las personas empleadas enviará parte del dinero a fondos privados.

Imagen de referencia de ahorros. Getty Images

Imagen de referencia de ahorros. Getty Images / Mauricio Toro

Tras la aprobación de la reforma pensional del gobierno del presidente Gustavo Petro, que el mandatario firmó el año pasado y que desde julio de 2024 está vigente en contrarreloj, este año aparecen varias modificaciones en el sistema pensional y las formas de cotizar.

Con la Ley 2381 de 2024, el esquema de jubilaciones en el país pasó de ser un conjunto de ahorros administrados por el Estado o por las aseguradoras a discreción a ser un mecanismo complementario entre Colpensiones y los fondos privados.

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Así, con el objetivo de fortalecer Colpensiones y distribuir mejor los fondos con los que se nutre financieramente el sistema, ahora todas las personas cotizarán obligatoriamente en la administradora estatal, pero el monto dependerá de su sueldo.

Quienes ganen hasta 2,3 salarios mínimos ($3′274.050 en 2025) cotizarán su pensión en Colpensiones, mientras que quienes obtengan una mayor remuneración dirigirán parte de su dinero a una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).

La Ley 2381 señala que el Sistema de Protección Social para la Vejez entrará en vigor el primero de julio de 2025. Hasta entonces, Colpensiones debe ajustar su logística para encarar sus nuevas funciones y algunos usuarios deben transitar entre administradoras.

¿Cómo funciona la cotización a pensión con la reforma pensional que empieza en julio de 2025?

Actualmente, la Corte Constitucional debate la reforma pensional, demandada por supuestos vicios en su trámite en el Congreso. Mientras el alto tribunal no decida que la Ley 2381 se cae —o, incluso, si determina que seguirá firme—, el nuevo sistema pensional comenzará a regir el primero de julio de 2025.

El sistema pensional de hoy en día permite a cualquier persona empleada escoger su fondo de pensiones, que puede ser Colpensiones o una AFP. A partir del primero de julio, solo una fracción de todas las personas cotizantes podrán escoger, así:

  • Todas las personas afiliadas al sistema cotizarán en Colpensiones. Si el usuario gana hasta 2,3 salarios mínimos, $3′274.050 en 2025, todo su ahorro para su jubilación —el 16% de su sueldo al mes— irá al órgano estatal, y eso es el componente de prima media.
  • Quienes ganen más de esa cifra, de todos modos, tendrán que enviar el 16% de los 3′274.050 a Colpensiones, y el 13,2% del excedente deberá ir a la ACCAI escogida. Otro porcentaje irá al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, otro nuevo elemento de la reforma.

Por ejemplo, una persona que gane un salario mínimo de 2025, $1′423.500, a partir del primero de julio deberá cotizar $227.760 a su pensión. El 75% de ese cifra ($170.820) le corresponde a la compañía empleadora, y el 25%, a la persona empleada.

Toda esa cifra irá a Colpensiones. Si la persona gana, por ejemplo, cuatro salarios mínimos de 2025, $5′694.000, deberá cotizar el 16% de $3′274.050 en Colpensiones, lo que significa $523.848 para la administradora pública.

El porcentaje para la ACCAI se calcula a partir de la cifra que excede los 2,3 salarios mínimos. En este caso, se trata de los 1,7 salarios restantes para llegar a los cuatro, o sea, $2′419.950. El 13,2% de ese monto, unos $319.433, irá a la ACCAI elegida.

¿Quienes tienen contratos de prestación de servicios deben afiliarse a una ACCAI?

, pero solamente si los honorarios que reciben superan los 2,3 salarios mínimos legales. Como las personas contratistas son independientes, la Ley 2381 precisa que son responsables “de su propio pago“, es decir, deben encargarse de su cotización sin depender de los contratantes.

La norma expresa, además, que deberán cotizar sobre mínimo el 40% del valor mensual de su contrato “sin incluir el valor del impuesto sobre las ventas”. Es decir, el cálculo comienza no a partir de lo que gana netamente, sino, como mínimo, después de restar un 60%.

Por ejemplo, si un contratista gana $4′000.000 como honorarios, sí debe entrar a una ACCAI. El 40% de ese monto será el conocido como Ingreso base de cotización, o sea, la cantidad sobre la cual se va a aportar a pensión. El 40% de cuatro millones de pesos es $1′600.000.

  1. Entonces, mínimo el 16% de esos $1′600.000, $256.000, tendrá que ir a Colpensiones. Luego, el 13,2% se calculará sobre el 40% de la cantidad que supere los 2,3 salarios mínimos sobre la base de los cuatro millones. Como 2,3 salarios son $3′274.050, el excedente es de $725.950.
  2. La persona contratista, entonces, debe tomar el 40% de ese excedente, que en este caso es de $290.380, y luego calcular el 13,2% del resultado: aproximadamente $38.330. Ese es el dinero mínimo tiene que parar en la ACCAI.

¿Qué son las ACCAI?

En términos simples, las ACCAI son las sucesoras de las administradoras de fondos privados de pensiones (AFP). La nueva ley pensional estructuró el sistema pensional, al que nombra Sistema de Protección Social para la Vejez, a través de tres pilares.

Se trata del pilar solidario, el semicontributivo, el contributivo y el voluntario. El solidario está conformado por las personas en condición de pobreza extrema, y el semicontributivo, por las personas de más de sesenta años que no cumplen los requisitos para jubilarse.

El contributivo, por su parte, es el clave para hablar de las ACCAI, pues él está integrado por las personas empleadas, dependientes, independientes o contratistas, que cotizan a pensión y lo harán a uno de los dos componentes: de prima media o de ahorro individual.

Colpensiones es la entidad encargada del componente de prima media, y las ACCAI, del de ahorro individual. Desde la promulgación de la Ley 2381 empezó a correr el plazo para ingresar a alguno de los componentes, y el período terminó el 16 de enero.

  • Quienes quieran cambiar la Administradora del Componente Complementario tienen seis meses después del primero de julio. Y quienes actualmente no estén afiliados, porque no ganan la cifra mínima necesaria, podrán entrar a una ACCAI cuando su salario sea el requerido.

¿Quiénes deben afiliarse a una ACCAI?

La fecha final para seleccionar una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual fue el 16 de enero de 2025. Las personas que deben ser parte del componente contaban con cuatro opciones de ACCAI para elegir, y actualmente Colpensiones quiere ser otra.

Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia son las tres instituciones habilitadas por la Superintendencia Financiera de Colombia, y la inscripción a ellas puede tramitarse a través de sus páginas web o de la de Colpensiones.

En total, tres grupos de personas deben escoger una ACCAI para cotizar un fragmento de sus ahorros para pensionarse:

  • Las mujeres que tengan menos de 750 semanas cotizadas el 30 de junio de 2025, un día antes de la entrada en vigencia del nuevo Sistema de Protección Social, y ganen entonces más de 2,3 salarios mínimos mensuales.
  • Los hombres que tengan menos de novecientas semanas cotizadas el 30 de junio de 2025 y, además, ganen más de 2,3 salarios mínimos mensuales.
  • Cualquier persona que inicie su cotización a partir del primero de julio de 2025 y lo haga ganando más de 2,3 salarios mínimos mensuales.

Colpensiones explica a través de su página web que para las personas afiliadas actualmente a Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia “no es necesario” hacer ningún trámite adicional, puesto que su AFP pasará a ser su ACCAI, que se podrá cambiar seis meses después de julio.

“Vencido el plazo, en caso de no hacerlo, serán asignados aleatoriamente, a través del mecanismo que establezca el Gobierno nacional”, se lee en el artículo 12 de la Ley 2381. Es decir, el Ejecutivo escoge una ACCAI si el usuario que debía seleccionarla no lo hizo antes del 16 de enero.

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