Cárcel de Ejército acepta que sacó al general (r) Yuber Aranguren de prisión sin permiso de la Corte
El Batallón de Policía Militar 13 justificó la salida del alto oficial condenado por acoso sexual, debido a una cita médica. Se comprometieron a no volver a permitir su salida del penal sin pedir autorización.
General (r) Yuber Aranguren. Foto: Cortesía JEP
El Centro de Reclusión Militar de Puente Aranda (CPAMS - EJEPO) por medio de su director, el coronel Raúl Llano, en un documento radicado ante la Corte Suprema de Justicia, admitió que el general (r) Yuber Aranguren, condenado por acoso sexual, salió del centro de reclusión a una cita médica odontológica, sin autorización de la Sala de Primera Instancia, juez que vigila su pena.
En el documento conocido por W Radio, el coronel Llano señaló que se autorizó la salida del general Aranguren el 7 de marzo pasado a las 8:20 AM con destino a la Dirección de Sanidad del Ejército en la Carrera 7#52-48 para una cita médica odontológica de control general. Desde el Batallón se indicó que fue trasladado con todas las medidas de seguridad, es decir, esposado, con dos custodios y un vehículo.
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Según lo argumentado por el director del Centro de Reclusión Especial, se permitió el traslado del general debido a que tenía una cita médica de ese tipo agendada, y se estaba buscando garantizar su derecho a la salud conforme a los procedimientos del Código Penitenciario y Carcelario.
“Esta dirección ha actuado en principio de buena fe y garantías constitucionales que le asisten a los privados de la libertad, pues como lo ha indicado la Alta Corte, esta administración tiene un límite en la subordinación que ha sido delegada con ocasión de una medida de aseguramiento que se concreta en la materialización de los derechos que no son objeto de restricción” se lee.
Pero, debido a la fuerte molestia que se generó desde la Sala de Primera Instancia por permitir la salida del detenido sin ni siquiera notificarle al tribunal, lo cual fue calificado incluso como un riesgo de seguridad porque el general no está de “vacaciones”, el coronel Llano lamentó lo ocurrido, y le indicó a la Corte Suprema que de ahora en adelante cualquier traslado del recluso fuera del penal será alertado a la magistratura.
“Se pone en conocimiento de su despacho que, esta unidad en lo sucesivo informará todo desplazamiento con relación al privado de la libertad señor ARANGUREN RODRÍGUEZ a efectos de que sean autorizados por su estrado judicial” afirmó el coronel Llano.
A pesar del oficio enviado por el director del Centro de Reclusión, ubicado en la localidad de Puente Aranda (Bogotá), desde la Corte Suprema de Justicia se le recordó al coronel Raúl Llano que, sin desconocer la normatividad y distintos pronunciamientos de tutela que fueron agregados por el director del penal en su respuesta, de acuerdo con el Manual para la Atención en Salud en Privados de la Libertad, los servicios de medicina general y odontología general se deben prestar de manera intramural.
Esto, también por medio de jornadas móviles “sin perjuicio de la atención especializada que eventualmente requieran las personas privadas de la libertad”.