Incidente de incumplimiento de excomandante Farc se decidirá en Sala de Reconocimiento de la JEP
La decisión se tomó tras una solicitud presentada por Merly y Narly Mahecha Rivera, quienes pidieron evaluar si Ramírez ha incumplido los compromisos adquiridos en el Sistema Integral de Paz (SIP).

La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) llamó a audiencia los próximos 16 y 17 de julio a víctimas de ejecuciones extrajudiciales. Foto: Colprensa / ÁLVARO TAVERA(Thot)
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) determinó que la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y Determinación de Hechos y Conductas (SRVR) será la encargada de analizar la solicitud de apertura de un incidente de verificación de incumplimiento contra José Benito Cabrera Cuevas, conocido como Fabián Ramírez, excomandante del Bloque Sur de las extintas FARC-EP.
La decisión se tomó tras una solicitud presentada por Merly y Narly Mahecha Rivera, quienes, a través de su apoderado judicial, pidieron evaluar si Ramírez ha incumplido los compromisos adquiridos en el Sistema Integral de Paz (SIP). Según el expediente, la Sala de Amnistía o Indulto (SAI), que recibió inicialmente la petición, remitió el caso a la SRVR, argumentando que esta es la instancia competente para evaluar su situación jurídica.
El proceso se inició cuando las solicitantes presentaron un memorial en el que indicaban posibles incumplimientos de Ramírez a las condiciones establecidas en el acuerdo de paz. Como parte de la solicitud, adjuntaron documentos legales y una prueba en formato digital, aunque en el expediente no se encontró material audiovisual disponible.
En respuesta, la SAI consultó con los despachos relatores de los macrocasos 01 y 07 de la JEP para verificar si Ramírez había sido identificado como máximo responsable o si se encontraba vinculado en las resoluciones de conclusión del Bloque Sur. En su respuesta, la SRVR indicó que el excomandante sí está vinculado al macrocaso 07 y ha sido llamado a comparecer en distintas ocasiones.
Sin embargo, un antecedente clave en la decisión es que el 26 de febrero de 2024, la SRVR negó la apertura de un incidente de verificación de incumplimiento contra Ramírez en otro caso con características similares. Según el auto JLR01 Nº 728, no se encontró evidencia suficiente para determinar que el compareciente hubiera faltado a sus compromisos con el SIP.
La Sala de Amnistía o Indulto determinó que no podía pronunciarse sobre la solicitud presentada por las hermanas Mahecha, ya que el caso ya había sido revisado previamente por la SRVR. En su resolución, la SAI enfatizó el principio de cosa juzgada material, señalando que volver a evaluar un asunto ya analizado afectaría la seguridad jurídica y desviaría recursos que deben enfocarse en los procesos de mayor impacto dentro de la JEP.
No obstante, como la SRVR es la instancia natural para revisar posibles incumplimientos, la SAI resolvió remitir el caso para su evaluación. Ahora, corresponderá a la Sala de Reconocimiento decidir si abre un nuevo incidente de verificación o si mantiene la decisión previa de no investigar a Ramírez por incumplimientos.
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