Actualidad

Libertad para dos antiguos integrantes de las exFarc señalados de extorsión

Dos exintegrantes de las extintas Farc recuperaron su libertad tras someterse a la JEP, al confirmarse que los hechos de extorsión se enmarcaron en el conflicto armado.

Imagen de referencia de persona dejada en libertad. Foto: Getty Images.

Imagen de referencia de persona dejada en libertad. Foto: Getty Images. / Thing Nong Nont

En un reciente pronunciamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), se confirmó la libertad de dos personas vinculadas a las extintas FARC-EP, tras evaluarse la solicitud de amnistía presentada ante la Sala de Amnistía o Indulto.

El caso quedó consignado en la Resolución No. SAI-SUBB-AOI-D-029-2024 del 9 de diciembre de 2024, en la que se determinó conceder este beneficio a los comparecientes Luis Armando Buitrago García y Luz Myrian Bernal Molina, señalados por el delito de extorsión agravada en el marco del conflicto armado.

De acuerdo con el documento oficial de la JEP, ambos obtuvieron la libertad condicionada tras cumplir los requisitos exigidos por la jurisdicción transicional. Los procesos ordinarios radicados daban cuenta de extorsiones cometidas presuntamente a nombre de un frente de las extintas FARC-EP en el departamento del Meta.

“Se concede amnistía – libertad”, puntualiza la resolución, en referencia a la decisión definitiva tomada a favor de los comparecientes. El documento también resalta que la solicitud de amnistía y el sometimiento a la JEP ocurrieron conforme a las disposiciones de la Ley 1820 de 2016 y la Ley 1922 de 2018, marcos jurídicos que regulan los beneficios para excombatientes que acrediten su participación en el proceso de paz y manifiesten compromiso de no reincidir en conductas delictivas.

Durante las diligencias, los comparecientes rindieron declaraciones ante los funcionarios de la JEP, donde reconocieron su anterior pertenencia a las antiguas FARC y detallaron las circunstancias de las extorsiones imputadas. Se conoció que las víctimas, entre ellas un docente y un comerciante, recibieron exigencias económicas bajo la amenaza de atentar contra su seguridad. El juzgado de primera instancia determinó la responsabilidad de Buitrago García y Bernal Molina, emitiendo sentencias que sumaban varios años de prisión.

Con la llegada de la justicia transicional, ambos solicitaron la amnistía al argumentar que estos hechos se dieron en el contexto y con fines relacionados con la confrontación armada. Tras verificar que no se trataba de conductas excluidas de este beneficio, la Sala de Amnistía o Indulto decidió otorgar la libertad condicionada y la extinción de la pena, bajo el compromiso de contribuir a la verdad, la no repetición y la reparación de las víctimas.

La decisión de la JEP implica, además, que se amplíe la posibilidad de conocer más detalles sobre el actuar de las extintas FARC-EP en esta región del Meta y cómo se ejecutaban los cobros extorsivos en perjuicio de la comunidad local. Según el texto oficial, las víctimas fueron notificadas de la resolución y tuvieron la oportunidad de expresar observaciones, aunque no se registraron objeciones adicionales al fallo final.

Finalmente, la resolución establece que las partes interesadas todavía cuentan con la posibilidad de apelar la decisión en los plazos estipulados. Sin embargo, por ahora, la libertad concedida a los dos excombatientes se mantiene.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad