Colpensiones: ¿cómo retirar las cesantías para estudiar? Estas son las condiciones
Conozca los requisitos para retirar de forma parcial las cesantías en cada uno de los casos permitidos.

Imagen de referencia. Getty Images - Logo de Colpensiones. FOTO: Colpensiones.
Las cesantías son una prestación social que equivale a un mes de salario, con el objetivo de generar un ahorro que favorezca al trabajador y que pueda utilizar en caso de quedarse sin empleo.
Sin embargo, el despido no es el único motivo, también existen otro tipo de ocasiones en las que se puede retirar el 100% de las cesantías, como por ejemplo:
- Llamamiento a servicio militar,
- Adopción del sistema de salario Integral,
- Sustitución patronal
- Fallecimiento del afiliado.
Este derecho se encuentra establecido en el Artículo 99 de la Ley 50 de 1990 del Código Sustantivo del Trabajo y obliga a los empleadores a liquidar las cesantías cada año al fondo de cesantías.
¿Cómo saber el saldo de sus cesantías en Colpensiones?
El saldo de las cesantías lo puede revisar cada afiliado a Colpensiones a través de la página web de la entidad, aunque también lo podrá consultar en los puntos de atención presencial que tiene el fondo de cesantías.
Puede verificar los puntos de atención dando clic AQUÍ.
Retiro parcial de las cesantías
A pesar de que el principal objetivo de las cesantías en Colombia es generar un ahorro para el momento en que los ciudadanos llegan a quedar desempleados, también existe la posibilidad del retiro parcial de las cesantías estando empleado.
Tenga en cuenta que estas solicitudes las debe hacer ante su empleador
Estas son las razones y sus requisitos por las que puede solicitar una parte de sus cesantías:
Para educación:
- Fotocopia de la orden de matrícula y/o pensión ó recibo de pago de la institución educativa debidamente acreditada.
- La calidad de beneficiario:
- Cónyuge deberá presentar registro civil de matrimonio.
- Compañero (a) permanente deberá presentar declaración extra juicio de convivencia.
- Hijo (s) del trabajador deberá presentar el registro civil.
Para liberación de gravamen hipotecario:
- Formulario del FNA
- Fotocopia legible del Documento de identificación del afiliado.
- Certificado original expedido por el acreedor en el cual conste el estado actual de la deuda. (original o fotocopia).
- Certificado de tradición del bien hipotecado en el cual debe constar el gravamen que se pretende liberar, con fecha de expedición NO mayor a 90 días (original).
- Copia del registro civil de matrimonio o declaración de convivencia si el inmueble es de propiedad del cónyuge o compañero (a) permanente del afiliado (a).
Para mejora de vivienda:
- Formulario del FNA
- Fotocopia legible de los Documentos de identificación del peticionario y contratista.
- Contrato de mejora donde se especifiquen las obras que se van a ejecutar y presupuesto de materiales, incluyendo valor de mano de obra y valor de materiales. (original o fotocopia).
- Certificado de tradición del lote donde se pretende construir la vivienda con fecha de expedición NO mayor a 90 días (original).
- Copia del registro civil de matrimonio o declaración de convivencia si el lote es de propiedad del cónyuge o compañero (a) permanente del afiliado (a).
Para compra de vivienda o lote para edificar:
- Formulario del FNA
- Fotocopia legible del Documento de identificación del afiliado.
- Fotocopia simple, legible de la cédula del prominente vendedor, si el vendedor es persona jurídica, certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.
- Contrato de promesa de compraventa con el lleno de los requisitos legales (ley 153 de 1987) (original o fotocopia).
- Certificado de tradición del inmueble objeto de la compraventa con fecha de expedición NO mayor a 90 días (original).
- En la promesa de compraventa debe comprometer el valor de las cesantías a utilizar.
Para construcción de vivienda:
- Formulario del FNA
- Fotocopia legible de los Documentos de identificación del contratante y contratista.
- Contrato de construcción donde se especifiquen las obras que se van a ejecutar y presupuesto de materiales, incluyendo valor de mano de obra y valor de materiales. (original o fotocopia).
- Certificado de tradición del lote donde se pretende construir la vivienda con fecha de expedición NO mayor a 90 días (original).
- Copia del registro civil de matrimonio o declaración de convivencia si el lote es de propiedad del cónyuge o compañero (a) permanente del afiliado (a).
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