¿Cómo negociar una deuda con el banco? Requisitos y documentos que necesita, según MinJusticia
¿Tiene un monto muy grande por pagar y no tiene el dinero en el momento? Así puede negociar su deuda con el banco, conozca los requisitos y documentos que necesitaría.

Foto: GettyImages / Javier Ghersi
Las personas, muchas veces tanto en Colombia como en otros países de mundo, deben recurrir a endeudarse para poder adquirir determinados bienes, ya sean materiales o no. Por ejemplo, la compra de un carro, una casa, un celular o, por otro lado, poder estudiar alguna carrera de educación superior, o viajar.
Sin embargo, porcentajes de estas personas que adquieren deudas llegan a un punto en el que no pueden pagarlas, ya sea por no tener trabajo o, en pocas palabras, no tener una determinada estabilidad económica.
El banco BBVA, en su página web, explica que "contraer una deuda supone asumir la obligación de devolver unos fondos obtenidos mediante la aportación de terceros. Estos pueden proceder de otra persona, una empresa, una institución o una entidad financiera".
De allí la importancia de saber como enfrentarlas en caso de estar lidiando con una de gran monto.
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¿Cómo negociar una deuda con el banco?
Según el Ministerio de Justicia, el procedimiento para negociacion de deudas es el “reconocimiento legal e institucional que se le confiere a una persona, natural o jurídica, comerciante o no comerciante, que ha incurrido en mora de reajustar con sus acreedores un plan de pago favorable, dado que su situación financiera presente le impide cumplir a cabalidad con sus obligaciones crediticias”.
Usted podrá acudir a los centros de conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho para adelantar este tipo de procedimientos de insolvencia o a las notarías del lugar de domicilio del deudor y solicitar la realización de un trámite para negociar las deudas o para convalidar los acuerdos privados a los que se hubiere llegado con la mayoría de sus acreedores.
Para iniciar el trámite de negociación de deudas usted debe encontrarse en cesación de pagos. Se encuentra en cesación de pagos la persona natural que como deudor o garante incumpla el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de noventa días, o contra el cual cursen dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva.
En cualquier caso, el valor porcentual de las obligaciones deberá representar no menos del cincuenta (50%) por ciento del pasivo total a su cargo.
¿Cuáles son los requisitos para negociar una deuda?
La solicitud de trámite de negociación de deudas podrá ser presentada directamente por el deudor o a través de apoderado judicial y debe contener como mínimo:
- Un informe de las causas que lo llevaron a la situación de cesación de pagos.
- La propuesta para la negociación de deudas.
- Una relación completa y actualizada de todos los acreedores.
- Una relación completa y detallada de sus bienes.
- Una relación de los procesos judiciales y de cualquier procedimiento o actuación administrativa de carácter patrimonial que adelante el deudor o que curse contra él.
- Certificación de los ingresos del deudor.
- Monto al que ascienden los recursos disponibles para el pago de las obligaciones.
- Información relativa a si tiene o no sociedad conyugal o patrimonial vigente;
- Una discriminación de las obligaciones alimentarias a su cargo.
Para el inicio del procedimiento de Insolvencia de Convalidación de Acuerdos Privados, usted, como persona natural no comerciante que enfrente dificultades para la atención de su pasivo traducidas en una cesación de pagos dentro de 120 días, puede solicitar que se convalide el acuerdo privado que hubiere celebrado con un número plural de acreedores que representen más del sesenta por ciento (60%) del monto total del capital de sus obligaciones