Congresistas liberales lanzan salvavidas a recargos y jornada nocturna de reforma laboral de Petro
En el proyecto se definen las modificaciones a las jornadas y a los recargos por trabajo en días no hábiles.

Logo del Partido Liberal. Foto: prensa Partido Liberal
Desde el Partido Liberal radicaron en la Secretaría General del Senado un proyecto de ley que revive dos puntos clave de la reforma laboral presentada por el gobierno del presidente Gustavo Petro y que se archivó en la Comisión Séptima del Senado hace solo dos semanas.
La iniciativa busca modificar la jornada nocturna y la remuneración del trabajo en domingos y festivos. Desde ya, cuenta con la firma de 22 congresistas liberales, y sería una alternativa a la consulta popular promovida por el oficialismo.
El proyecto de ley consta de cuatro artículos. En dos de ellos se definen las modificaciones a las jornadas y a los recargos por trabajo en días no hábiles, que precisamente eran dos de los puntos que se buscaban incluir en la consulta del Gobierno.
Entre los cambios propuestos, se plantea que la jornada nocturna inicie a partir de las 7:00 de la noche, y que el recargo por el trabajo en domingos y festivos sea del 100% sobre el salario ordinario, tal como lo proponía los artículos 11 y 15 de la reforma del gobierno.
La propuesta la firman los congresistas más afines al gobierno Petro, pero fuentes cercanas a Gaviria aseguran que no les molesta la propuesta, ya que sería una vía para ahorrarse la consulta promovida por el presidente Petro.
El texto del proyecto señala lo siguiente:
Artículo 2. Modificación de la jornada nocturna. Se modifica el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“El trabajo diurno es aquel que se realiza entre las seis de la mañana (6:00 de la mañana) y las siete de la noche (7:00 de la noche). Por su parte, el trabajo nocturno es el que tiene lugar entre las siete de la noche (7:00 de la noche) y las seis de la mañana (6:00 de la mañana).”
Parágrafo: El Gobierno Nacional deberá implementar programas orientados a la generación y protección de empleo, conforme a la normatividad vigente.
Artículo 3. Modificación del recargo por trabajo en domingos y festivos. Se modifica el numeral 1 del artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará así:
“El trabajo realizado en domingos y días festivos se remunerará con un recargo equivalente al cien por ciento (100%) sobre el salario ordinario, en proporción a las horas laboradas.”