Judicial

Píldora del día después: Tribunal exige al Gobierno garantizar acceso y campañas en el país

Una decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena al Estado colombiano eliminar barreras, distribuir ampliamente el anticonceptivo de emergencia y educar a la población sobre su uso. Las mujeres más vulnerables deben ser priorizadas.

Píldora del día después

Píldora del día después / Peter Dazeley

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio un fuerte jalón de orejas al Estado por no garantizar de manera efectiva el acceso y conocimiento de la píldora del día después en Colombia. A través de un fallo de acción popular, el alto tribunal ordenó a los ministerios de Salud y Educación lanzar estrategias nacionales para informar a la ciudadanía sobre este anticonceptivo de emergencia, que sigue siendo inaccesible o desconocido en muchas regiones del país.

“Debe garantizarse el acceso equitativo a este método anticonceptivo de emergencia, asegurando su difusión y disponibilidad en todas las comunidades, especialmente en las más apartadas”, indicó el fallo.

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La decisión, liderada por el magistrado Óscar Armando Dimaté Cárdenas, busca corregir lo que calificó como una vulneración sistemática a los derechos sexuales y reproductivos, en especial de las mujeres en situación de vulnerabilidad.

“La falta de información y acceso oportuno a este anticonceptivo de emergencia genera desigualdades y afecta el ejercicio pleno de los derechos fundamentales”, advierte el documento.

Además, el Tribunal fue claro al señalar que el problema no se limita a las instituciones públicas. Ordenó a las casas farmacéuticas mejorar la logística y cobertura del medicamento en farmacias, centros de salud y hospitales.

“Se ordena a las casas farmacéuticas adoptar acciones concretas que garanticen la disponibilidad del medicamento en centros de salud, hospitales y farmacias en todo el territorio nacional”.

El fallo también subraya la necesidad de enfoques diferenciales en las campañas, dirigidas especialmente a mujeres indígenas, afrocolombianas, rurales y habitantes de zonas marginales.

“Las medidas deben tener un enfoque diferencial, priorizando a las mujeres rurales, pertenecientes a comunidades étnicas y aquellas que habitan en barrios periféricos o zonas de difícil acceso”.

Finalmente, el Tribunal exigió que las campañas de información sean respetuosas de la diversidad cultural y adaptadas a cada contexto social:

“Las campañas de promoción deben ser culturalmente apropiadas, respetando las costumbres y necesidades de cada población”.

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