Actualidad

Procurador pide “tumbar” decreto de conmoción sobre proyectos para educación en el Catatumbo

El jefe del Ministerio Público solicitó declarar la inexequibilidad del decreto planteando que no obedece a medidas extraordinarias sino de carácter permanente. Frente a otros tres decretos solicitó que sean declarados constitucionales (uno de ellos de forma condicionada).

AME1733. BOGOTÁ (COLOMBIA), 16/01/2025.- El procurador de Colombia Gregorio Eljach habla durante un acto este jueves, en Bogotá (Colombia). Eljach prometió priorizar el trabajo en las regiones, el diálogo, el consenso y la protección de la infancia en su primer día en el cargo, en el que reemplaza a Margarita Cabello. EFE/Carlos Ortega

AME1733. BOGOTÁ (COLOMBIA), 16/01/2025.- El procurador de Colombia Gregorio Eljach habla durante un acto este jueves, en Bogotá (Colombia). Eljach prometió priorizar el trabajo en las regiones, el diálogo, el consenso y la protección de la infancia en su primer día en el cargo, en el que reemplaza a Margarita Cabello. EFE/Carlos Ortega / Carlos Ortega (EFE)

El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach, le solicitó a la Corte Constitucional “tumbar”/declarar inexequible el decreto legislativo 155 de 2025 expedido por el Gobierno Nacional y en el cual se adoptan medidas para infraestructura y dotación educativa de distintos niveles en la región del Catatumbo, con el fin de corregir la crisis humanitaria derivada del enfrentamiento entre grupos armados ilegales.

Para el procurador Eljach, en la práctica el decreto aborda el tema educativo no desde los problemas graves de orden público, sino desde situaciones crónicas que requieren soluciones estructurales.

Lea también:

“Sobre el particular se recuerda que el estado de conmoción interior se caracteriza por estar destinado a atender las graves perturbaciones del orden público (...) el material probatorio del Decreto bajo estudio no logra demostrar que la crisis de orden público se haya agravado con el aumento de la violencia registrado desde enero de 2025, pues los datos en los que se fundamenta son cifras del 2023 y años anteriores” señala el documento.

De acuerdo con el concepto del ministerio público, no hay conexidad material entre las causas y las medidas adoptadas por el gobierno nacional porque la escalada de violencia de los grupos armados en la zona del Catatumbo no obedeció a la falta de oferta educativa.

“Si bien el ministerio público reconoce que la falta de acceso a la educación es un factor que acrecienta la vulnerabilidad del territorio históricamente afectado, considera que su abordaje no debe realizarse mediante el estado de conmoción Interior” concluyó el jefe del ente de control.

Pero además, en este duro concepto, el procurador Eljach señaló que el gobierno “desconoce” los postulados de los estados de excepción, puesto que quiere abordar temáticas distintas a las que puede abordar mediante un decreto legislativo de conmoción interior. “Esto implica que el ejecutivo ser auto reconozca facultades legislativas de forma injustificada en perjuicio del principio democrático y la separación de poderes dijo el procurador.

En materia de obras de infraestructura educativa por medio del fondo FFIE el procurador cuestionó que las medidas son permanentes y no serán de carácter excepcional. Bajo su perspectiva, si se lograran completar las obras, no hay claridad sobre las fuentes de financiación para su mantenimiento o adecuación adicional después de que venzan los decretos y el régimen de excepción.

“No se encuentra acreditado el cumplimiento de este presupuesto en tanto la medida no resulta idónea para enfrentar la crisis ocasionada por el aumento inusitado de la violencia en la Región del Catatumbo, y la crisis humanitaria generada en dicho territorio, y en el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar” dice el documento.

LOS OTROS TRES DECRETOS DE DESARROLLO DE LA CONMOCIÓN INTERIOR SOBRE LOS QUE CONCEPTUÓ EL PROCURADOR:

Además del decreto 155 de 2025, el cual pidió tumbar, el ministerio público conceptuó sobre otros tres decretos de desarrollo.

En el ámbito del decreto 119 (medidas de protección en el sector trabajo) el ministerio público pidió que sea declarado exequible al considerar que cumplió los requisitos formales y sustanciales y contó con la debida motivación, puesto que buscó “proteger a los trabajadores y garantizar sus medios de vida frente a la crisis humanitaria ocasionada por la violencia y el desplazamiento en el Catatumbo”.

En relación con el decreto 121 que se circunscribe a medidas en materia de agua, saneamiento básico y vivienda, el ministerio público le señaló a la Corte Constitucional que declare exequibles los apartados relacionados con subsidios para servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, así como el uso extraordinario de recursos del Sistema General de Participaciones para garantizar los servicios de agua y saneamiento básico.

Cosa distinta señaló el procurador Eljach sobre los artículos de dicho decreto (4 y 5) sobre habilitación y uso del suelo ajustando Planes de Ordenamiento Territorial y modificación de usos del suelo o normas urbanísticas por falta de justificación y ocupación de competencias asignadas a los entes territoriales.

Finalmente, en relación con el decreto 117 de 2025, que desató medidas extraordinarias relacionadas con turismo jefe del ente de control le solicitó a la Corte Constitucional que se declare su exequibilidad condicionada, en el sentido de que se incluya dentro de dichas medidas a los municipios de Río de Oro y González en el departamento del Cesar.

Escuche W Radio en vivo:

WRadio FM

Directo

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad