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Estos son los 4 tipos de pensiones de Colpensiones: así funcionan y se solicitan según el caso

¿Hace parte de Colpensiones o quiere hacerlo? Le contamos los distintos tipos de pensiones que hay y los detalles de cada una, para que conozca si podría aplicar.

Foto: GettyImages

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Colpensiones es la entidad estatal encargada de administrar el Régimen de Prima Media (RPM) en Colombia. La reciente reforma pensional busca mejorar la cobertura y sostenibilidad del sistema, garantizando que la mayoría de los colombianos, especialmente quienes tienen ingresos bajos y medios, puedan beneficiarse de una pensión digna.

Es fundamental conocer que a partir del 1 de julio de 2025, entrará en vigor en Colombia la reforma pensional establecida por la Ley 2381 de 2024. Esta reforma introduce cambios significativos en el sistema de pensiones, afectando tanto a nuevos afiliados como a aquellos que deseen trasladarse entre regímenes.

¿Qué tipos de pensiones tiene Colpensiones?

  • Pensión de vejez: Es el reconocimiento económico al que tienes derecho cuando cumples con los requisitos de edad (hombres 62 años - mujeres 57 años) y de semanas cotizadas (mínimo 1.300).
  • Pensión de invalidez: Te protege con un ingreso de por vida tras la pérdida del 50% de la capacidad física o mental para trabajar, por accidente de origen no laboral.
  • Pensión de sobrevivientes: Si el pensionado o afiliado fallece se otorgará a las personas que acrediten su calidad de beneficiarios.
  • Pensión familiar: Es la suma de esfuerzos de los cónyuges o compañeros permanentes para obtener una pensión equivalente a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente, cuando cumplen con la edad de retiro, pero no tienen suficientes semanas cotizadas para pensionarse individualmente.

Si ya tiene la edad de pensión y no alcanza a reunir las semanas, puede unir esfuerzos con su pareja y solicitar este último tipo de pensión, si ambos cumplen con estos requisitos:

  • Tener una afiliación al mismo régimen pensional, en este caso, a Colpensiones.
  • Pertenecer al Sisbén con cohortes A1 a A5, B1 a B7, o C1 a C12.
  • A los 45 años haber cotizado mínimo 25% de las semanas requeridas.
  • Tener la edad mínima de pensión.
  • La suma de las cotizaciones de los dos debe ser igual o mayor a 1300 semanas.
  • Acreditar la convivencia permanente durante los últimos 5 años anteriores a la solicitud.

Puede conocer si aplica y solicitar estas pensiones haciendo CLIC AQUÍ.

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Paso a paso para afiliarse por primera vez a Colpensiones

Si es la primera vez que va a afiliarse al sistema pensional colombiano, deberá seguir estos pasos para inscribirse en Colpensiones:

Recolección de documentación: Reúna los siguientes documentos:

  • Documento de identidad: Cédula de ciudadanía para nacionales colombianos o cédula de extranjería para residentes extranjeros.
  • Formulario de afiliación: Disponible en las oficinas de Colpensiones o en su sitio web oficial.

Diligenciamiento del formulario: Complete el formulario de afiliación con sus datos personales, información laboral y demás detalles requeridos.

Presentación de la solicitud: Entregue el formulario y los documentos en una de las oficinas de atención al cliente de Colpensiones o envíelos a través de los canales digitales habilitados en su página web.

Confirmación de afiliación: Una vez procesada su solicitud, recibirá una notificación confirmando su afiliación al Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones.

¿Cómo cambiar su fondo de pensiones?

Para aquellos afiliados a fondos privados que deseen trasladarse a Colpensiones, especialmente en el contexto de la nueva reforma pensional, se deben considerar los siguientes aspectos:

  • Verificación de Semanas Cotizadas: Según la reforma, las mujeres con más de 750 semanas cotizadas y los hombres con más de 900 semanas al 1 de julio de 2025 permanecerán en su régimen actual. Si tiene menos de estas semanas, puede optar por el traslado.
  • Solicitud de Traslado: Presente una solicitud formal de traslado ante la administradora del fondo privado en el que se encuentra afiliado. Esta solicitud debe ser diligenciada en los formatos establecidos por dicha entidad.
  • Tiempos de Procesamiento: Una vez presentada la solicitud, el traslado se hará efectivo en los términos y plazos que establezca la normatividad vigente.
  • Consideraciones Adicionales: Es importante tener en cuenta que, con la reforma, los aportes por ingresos hasta 2,3 salarios mínimos (equivalentes a $3.274.050 en 2025) se realizarán a Colpensiones. Los ingresos que excedan este monto deberán cotizarse en las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), anteriormente conocidas como fondos privados.

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