Estamos a disposición de lo que requiera la Superintendencia de Sociedades: Junta Directiva de CCB
La W conoció en primicia que la entidad tomó esta decisión tras recibir las respuestas de SuperSociedades a la denuncia que hizo Tania Hernández, ex vicepresidenta jurídica de esa entidad, de presunto acoso.

Cámara de Comercio de Bogotá. Foto: Getty Images. / Jeff Greenberg
Luego de que W Radio revelara que la Superintendencia de Sociedades iniciará una investigación administrativa contra varios miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Bogotá por presuntos actos contrarios a la ley en las decisiones tomadas por dicho órgano de Gobierno, el presidente de la Junta Directiva, Enrique Vargas Lleras emitió un comunicado sobre dicha decisión.
Aseguró que “no son procedentes las acusaciones de la doctora Tania Hernández, quien tuvo un paso fugaz por la entidad, pues siempre se ha actuado en derecho a las normas. Bajo dicha premisa, la Junta Directiva de la entidad, se pone a disposición de lo que requiera la investigación de la Superintendencia de Sociedades y estamos listos para realizar las actuaciones procedentes en el proceso”.
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Además, “la Cámara de Comercio de Bogotá es una entidad regida por los más altos estándares de ética y transparencia, los cuales son aplicables a todos los miembros de la Junta Directiva, revisores fiscales, administradores y colaboradores. Cuenta con políticas y comités encargados de promover una cultura de legalidad, transparencia, convivencia en todos los niveles y en todas las gestiones de la organización”,
Finamente dicen que, “en específico, y de acuerdo con Código de Ética y Buen Gobierno de la entidad, los miembros de la Junta Directiva están sujetos al régimen de responsabilidad previsto en la normatividad vigente y, en tal virtud, deben obrar con independencia, buena fe y transparencia, lealtad, responsabilidad, diligencia y cuidado, disciplina, confidencialidad y deberán siempre conocer y respetar las disposiciones legales y reglamentarias que les son aplicables en virtud de su designación”.