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Caso Saludcoop: Tribunal confirmó condena de 15 años de prisión contra Carlos Palacino

El expresidente Carlos Palacino y el exvicepresidente Javier Sabogal de la desaparecida EPS Saludcoop deberán cumplir una pena de 15 años y un mes de prisión por recobros ilegales ante el Fosyga.

Carlos Palacino y Saludcoop | Foto: Colprensa

Carlos Palacino y Saludcoop | Foto: Colprensa

El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena en contra del expresidente de la extinta EPS Saludcoop, Carlos Gustavo Palacino Antia, y del exvicepresidente financiero de la entidad, Javier Mauricio Sabogal Jaramillo, por su responsabilidad en los delitos de estafa, fraude procesal y falsedad en documento privado.

El fallo determinó que los exdirectivos deberán cumplir una pena de 15 años y un mes de prisión, pagar una multa equivalente a 820 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), y quedarán inhabilitados durante 7 años y 8 meses para ejercer funciones públicas.

Según la sentencia, entre enero de 2010 y mayo de 2011, los hoy condenados autorizaron de manera sistemática la expedición de cheques para el supuesto pago de servicios de salud y atención de pacientes. Sin embargo, esos recursos no llegaron a los beneficiarios, sino que fueron guardados o anulados.

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“Pese a que no se prestaron los servicios ni se realizaron los pagos, la EPS recurrió al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) como si hubiera cumplido con sus obligaciones, obteniendo de manera indebida 14.269 millones de pesos por concepto de 2.912 recobros”, detalló la Fiscalía que logró que la sentencia se ratificará.

El Tribunal también destacó que los directivos omitieron el pago oportuno a prestadores de salud por procedimientos no cubiertos por el Plan Obligatorio de Salud (POS), como exige la normativa, y ocultaron la grave crisis financiera que atravesaba la EPS.

“La conducta desplegada por los condenados comprometió seriamente los recursos del sistema de salud y evidenció un manejo fraudulento de los dineros públicos”, explicó la Fiscalía.

Esta condena es de segunda instancia y aún puede ser recurrida mediante el recurso extraordinario de casación.

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