Monto que se entrega para auxilio funerario de Colpensiones: valor mínimo y máximo en SMMLV
Conozca de cuánto es la cifra y cómo solicitarla.

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Luego de estar gran parte de la vida laborando, millones de colombianos sueñan con obtener su pensión bajo el sistema en el que se encuentren afiliados, es decir, por el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), donde están los fondos privados como Porvenir, Protección, entre otros, o a través del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RPM) del que hace parte Colpensiones.
Con la llegada de la nueva reforma laboral que entrará en vigencia a partir de julio 2025, se realizaron algunos cambios que modificar las condiciones, de en este caso, el auxilio funerario en Colombia.
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¿De cuánto es el monto del auxilio funerario de Colpensiones?
El valor que entregará Colpensiones al solicitante será de:
El monto equivalente al último salario base de cotización o el valor de la última mesada pensional que recibió. Se debe destacar que, sin importar el caso, este no puede ser menor a cinco Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes ni superior a 10 veces dicho salario.
Los cónyuges o parejas permanentes que sean beneficiarios podrán recibir el 50% del auxilio funerario.
¿Cómo solicitar el auxilio funerario en Colpensiones?
Al momento del fallecimiento de la persona deberá tener en cuenta si esta se encontraba en la nómina de pensionados, si era cotizante activo y si estaba al día en sus pagos.
Quien haga el trámite para acceder al auxilio funerario deberá demostrar que corrió con los gastos las exequias.
Cuando los dos puntos anteriores estén avalados, deberá dirigirse a las oficinas de Colpensiones y adquirir el formulario de prestaciones económicas. Tenga en cuenta que este trámite también puede hacerse a través de la página web del fondo. Deberá presentar los siguientes documentos, según lo menciona el Ministerio de Justicia:
- Documento de identificación original.
- Registro civil de defunción del afiliado o pensionado, con fecha de expedición no mayor a (3) tres meses.
- Factura de gastos funerarios con sello de cancelado, en la que se indique nombres y apellidos, de quien canceló la factura y descripción de los servicios prestados.
- Certificación expedida por el centro que prestó el servicio fúnebre.
- Contrato pre exequial en caso de que exista
- Carta de autorización por parte de los herederos autorizando a uno solo para el respectivo cobro.
- Formato cuenta pago, que contiene la información donde será consignado el valor del auxilio funerario.
- Si es tercero autorizado, carta de autorización con las facultades específicas, cédula de ciudadanía del autorizado y de quien la otorga.
En caso de que no le reconozca el auxilio funerario, con una justa causa, tendrá que interponer un derecho de petición ante Colpensiones.
¿Cómo calcular el valor de la pensión?
Si le interesa conocer el valor aproximado de su pensión con las cotizaciones actuales, Colpensiones tiene habilitada en su página web una plataforma de fácil acceso. Le contamos todo lo que debe hacer:
- Ingrese directamente al siguiente enlace: https://sede.colpensiones.gov.co/tramite/updInfo/74/
- Complete todos los campos solicitados como su género, fecha de nacimiento, la edad en la que empezó a hacer los aportes, las semanas cotizadas en Colpensiones, entre otros.
- Luego, de clic en ‘Calcular’ y el sistema le mostrará el reporte.
- Allí le informarán los años y semanas que necesita para pensionarse, así como el valor promedio de la mesada.
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