¿Qué hacer si le niegan el matrimonio a una pareja del mismo sexo? Esto dice la ley en Colombia
¿Sabía que en Colombia el matrimonio igualitario es legal? Negarle esta posibilidad a una pareja del mismo sexo incurriría en una violación a sus derechos. Conozca los detalles.

Foto: GettyImages
En Colombia, el matrimonio es un trámite legal a través del cual dos personas pueden formalizar su unión.
Recientemente, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó las facultades que otorgaba el Código Civil para que las personas pudieran casarse en Colombia desde los 14 años. Así, el alto tribunal determinó que la edad mínima para contraer matrimonio y uniones libres en el país serán los 18 años.
En el país, existen distintas formas de contraer matrimonio en Colombia: puede ser por vía religiosa, por lo civil o ante un juez. No obstante, independientemente de cuál haya sido la forma de contraer nupcias, en todos los casos es fundamental es el registro obligatorio de la unión.
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La Registraduría Nacional del Estado Civil ha establecido que la inscripción en el registro legaliza la existencia del matrimonio, sin importar cómo se haya llevado a cabo la ceremonia. Por eso, cualquier persona que, sin importar su orientación sexual e identidad de género, quiera contraer matrimonio civil, puede acudir ante un notario o juez, para llevar a cabo la unión.
¿Qué hacer si le niegan el derecho al matrimonio a una pareja del mismo sexo?
Para registrar un matrimonio en una notaría, se solicitan una serie de documentos, los cuales podrían variar dependiendo del estado civil y nacionalidad de los contrayentes. Estos documentos resultan fundamentales para garantizar la validez legal del enlace.
El encargado de llevar a cabo el proceso está en la obligación de realizar la asesoría y acompañamiento en el trámite civil a la pareja que lo desee, sin importar orientación sexual, raza, religión, entre otros.
Es importante tener en cuenta que en Colombia está permitido el matrimonio igualitario, motivo por el que es un derecho para esta comunidad diversa.
Si la persona encargada no le da la posibilidad de ejecutar el trámite, estará violando sus derechos fundamentales de libertad, igualdad, dignidad humana y podrá presentar una acción de tutela frente a juez.
Esta acción deberá incluir:
- Narración de los hechos, explicando cómo se vulnera el o los derechos fundamentales.
- Debe indicar quién está vulnerando el o los derechos fundamentales.
- Incluir los datos personales de notificación de quien eleva la solicitud y contra quien se presenta.
- Igualmente, debe incluir las pruebas que demuestren la vulneración de los derechos fundamentales (solicitud de matrimonio, respuesta de la Notaria).
El juez tendrá 10 días desde el momento en que sea recibida la acción de tutela para tomar una decisión, durante este tiempo la parte que vulneró los derechos fundamentales podrá presentar un escrito contestando a lo mencionado en la acción de tutela.
¿Cuándo se sabrá la respuesta por parte del juez?
Una vez pasados los 10 días y analizado el caso, el juez tomará una decisión, a través de una sentencia, en la que determinará si se han vulnerado sus derechos y ordenará la protección del derecho o derechos vulnerados, estableciendo que se celebre el matrimonio.
En caso de que le hayan negado la protección podrá impugnar la tutela, durante los 3 días hábiles siguientes a la comunicación de la decisión.
Todo trato discriminatorio fundado en la orientación sexual de un ser humano es violatorio de los principios de igualdad, dignidad humana y libertad.
¿Qué documentos se necesitan para registrar un matrimonio en una notaría en Colombia?
A continuación, se presentan los documentos esenciales que se deben presentar ante una notaría para registrar un matrimonio civil en Colombia:
- Copias recientes de los registros civiles de nacimiento de los interesados en casarse.
- Si se trata de un segundo matrimonio, deberá aportarse el registro civil de defunción del esposo (a) fallecido (a) o los registros civiles donde conste la terminación del anterior matrimonio, junto con la disolución de la sociedad patrimonial o conyugal según el caso.
- Un inventario de bienes de los hijos, en los casos en los que alguno de los contrayentes administre bienes de hijos menores de 18 años o incapaces.
- El trámite de inventario solemne de bienes, podrá realizarse igualmente ante notaría. Sin embargo, si el hijo es de la misma pareja que pretende casarse, no se requiere del inventario.
Una vez se hayan presentado los documentos necesarios, el notario los estudia. En caso de que no exista ningún inconveniente, se lleva a cabo el matrimonio.
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