¿Qué hacer si no es posible pagar sus deudas? Esto dice MinJusticia
Conozca el paso a paso para saldar sus deudas, los beneficios que puede obtener el deudor durante el proceso de cesación de pagos y si este trámite tiene algún costo.

Referencia de deudas. Foto: Ministerio de Justicia de Colombia y Getty Images.
En Colombia existen alternativas para evitar que sus bienes sean embargados en caso de que usted no pueda pagar sus deudas. De acuerdo con el Ministerio de Justicia, estos trámites permiten llegar a acuerdos de pago con sus acreedores, de tal manera que permita cumplir el pago de las deudas.
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A la propuesta para la cancelación de deudas pueden acceder todas las personas naturales no comerciantes, es decir, empleados, independientes o pensionados que no realizan actividades comerciales y que se encuentren en cesación de pagos (acuerdo de pago entre el acreedor y el deudor bajo la supervisión judicial), según el Ministerio de Justicia.
Paso a paso para solucionar el pago de sus deudas
1. Si no le es posible pagar sus obligaciones financieras, puede solicitar la ejecución de un trámite para negociar las deudas o para legalizar los acuerdos privados a los que se hubiere llegado con la mayoría de sus acreedores. En esta primera etapa debe dirigirse a los centros de conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho o a las notarías del lugar de domicilio del deudor.
2. Para iniciar el trámite de negociación de obligaciones financieras, el deudor debe encontrarse en cesación de pagos, es decir, se requiere que este último haya incumplido el pago de dos o más deudas a favor, de dos o más acreedores, por más de 90 días o contra el cual cursen dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva.
En cualquiera de los casos de cesación de pagos, el valor porcentual de las deudas deberá representar el 50% o más del pasivo total a su cargo.
La solicitud para el proceso de negociación de deudas podrá ser presentada por el deudor o a través del apoderado judicial y debe contener como mínimo:
- Informe de las causas que lo llevaron a la cesación de pagos.
- Presentar la propuesta para la negociación de deudas.
- Relación completa y detallada de sus bienes.
- Relación completa y actualizada de todos los acreedores.
- Relación de los procesos judiciales y de cualquier procedimiento administrativo de carácter patrimonial que adelante el deudor o que haya en contra de él.
- Discriminación de las obligaciones alimentarias a su cargo.
- Certificación de los ingresos del deudor.
- Valor monetario al que ascienden los recursos disponibles para el pago de las obligaciones.
- Informar si hay o no sociedad conyugal o patrimonial vigente.
3. Para el procedimiento legal de insolvencia de convalidación de acuerdos privados, la persona que enfrente dificultades para realizar la cesación de pagos durante un periodo de 120 días, puede solicitar a un juez que se convalide el acuerdo privado que haya hecho con varios de sus acreedores, que representen más del 60% del monto total del capital de sus obligaciones, es decir, por fiadores que representen más del 60% del dinero que debe.
La solicitud se tramitará en los mismos términos para el proceso de negociación de deudas y deberá diligenciar los mismos requisitos previstos para este. En este caso el acuerdo privado reemplazará la propuesta de acuerdo.
¿A qué entidades debe acudir para la cesación de pagos?
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, todo ciudadano que quiera llegar a acuerdos para saldar sus deudas podrá recurrir a:
- Centro de Conciliación
- Consultorio Jurídico
- Defensoría del Pueblo
- Notaría
- Personería Municipal
¿El trámite para saldar sus deudas es gratuito?
El tramite puede tener un costo o podrá ser de manera gratuita, esto dependerá al centro de conciliación de pagos al que asista. Si la negociación de acuerdos de pago tiene un costo, este debe tener presenta la complejidad del caso, el número de acreedores, el valor de los activos y el valor de los pasivos.
Si, por el contrario, el deudor asiste a un centro de conciliación gratuito (universitario) y el valor de la deuda es menor a 40 salarios mínimos legales vigentes (SMLV) será atendido por un estudiante de derecho en etapa práctica. En caso de que sus deudas sumen más de 40 SMLV, pero menos de 100 SMLV lo atenderá un abogado asesor.
¿Qué beneficios tiene la cesación de pagos?
- Mientras el deudor esté en proceso de insolvencia y negociación de deudas no podrán perseguir su patrimonio judicialmente de ninguna manera ni lo pueden demandar por sus deudas.
- No le podrán suspender la prestación de los servicios públicos domiciliarios por no pago de sus deudas. Si ya los habían suspendido, tiene derecho a que se los restablezcan.
- Si el deudor cumple con los acuerdos y paga sus obligaciones, tendrá derecho a que rectifiquen la información sobre su vida financiera que reposa en las bases de datos, como Datacrédito, asegura el Ministerio de Justicia.
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