Tendencias

Señal de tránsito de prohibido parquear: ¿Cuántos metros abarca la prohibición?

Conozca desde qué puntos aplica esta señal de tránsito y evite multas

Prohibido parquear. Foto: Getty Images

Prohibido parquear. Foto: Getty Images / Arturo Rosenow

Las autoridades de tránsito de Colombia han implementado desde hace mucho tiempo el uso de señales de tránsito con el fin de regular la debida conducción en las diferentes vías del país entendiendo que cada una de estas cumplen una función puntual y le comunican acciones determinadas a los conductores.

Dicho esto, las señales que se encuentran en las vías del país son clasificadas en reglamentarias, preventivas, informativas y transitorias, cada una cumpliendo la finalidad de dar información a los diferentes actores viales para que transiten siguiendo las precauciones necesarias. Teniendo esto claro, a continuación le compartimos el significado de estas, de acuerdo con el Código Nacional de Tránsito:

Puede leer:

  • Señales reglamentarias: tienen por objeto indicar a los usuarios de las vías las limitaciones, prohibiciones o restricciones sobre su uso.
  • Señales preventivas: se emplean para advertir al usuario de la vía la existencia de un peligro y la naturaleza de este.
  • Señales informativas: usadas para identificar las vías y guiar al usuario, proporcionándole la información que pueda necesitar.
  • Señales transitorias: pueden ser reglamentarias, preventivas o informativas y serán color naranja. Modifican transitoriamente el régimen normal de utilización de la vía.

Señal de tránsito: Prohibido parquear

Una de las señales más conocidas es la de prohibido parquear. Se trata de la SR-28, que como bien dice, señaliza los lugares en los que no puede estacionarse.

En caso de omitirla y ser sorprendido por agentes de tránsito, deberá responder por una multa económica.

¿Cuántos metros abarca la señal de “prohibido parquear”?

Si bien, todos los conductores conocen de esta señal, entre varios existe la pregunta de ¿Cuánto rango de espacio abarca esta prohibición?.

De acuerdo con el Ministerio del Transporte, la prohibición inicia al frente, es decir, el punto exacto de donde está instalada la señal y hasta la siguiente intersección o esquina.

“Esta señal se usa para indicar la prohibición de parquear a partir del sitio mismo donde ella se encuentra hasta la siguiente intersección”, destaca el MinTransporte.

En caso de que la señal esté puesta en la mitad de la cuadra, esta prohibición aplica desde donde está instalada hasta la siguiente esquina.

Incluso, hay zonas en las que se ponen varias de estas señales, lo que daría a entender que toda la cuadra cuenta con la prohibición.

Además, es de tener en cuenta que hay ocasiones en las que debajo de la señalización hay un letrero adicional que indica si esta aplica para ambos costados, en la cuadra, o en determinados horarios o carriles.

¿Dónde está prohibido parquear?

El artículo 76 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, establece los sitios en los que se prohíbe parquear o estacionar:

  1. Sobre andenes, zonas verdes o de espacio público destinado para el cruce de peatones, recreación o conservación.
  2. En vías que son consideradas arterias, autopistas, zonas de seguridad o dentro de un cruce.
  3. En vías principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehículos.
  4. En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a estos.
  5. En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehículos, aquí se incluyen los espacios para personas en condición de discapacidad.
  6. En carriles dedicados a transporte masivo sin autorización.
  7. En ciclorrutas o carriles dedicados o con prioridad al tránsito de bicicletas.
  8. A una distancia mayor de 30 centímetros de la acera.
  9. En doble fila de vehículos estacionados, o frente a hidrantes y entradas de garajes o accesos para personas con discapacidad.
  10. En curvas.
  11. En lugares que interfiera la salida de vehículos estacionados.
  12. Donde las autoridades de tránsito lo prohíban.
  13. En zona de seguridad y de protección de la vía férrea, en la vía principal, vías secundarias, apartaderos, estaciones y zonas férreas.

¿De cuánto es la multa por no respetar la señal de prohibido parquear?

Esta es una señal reglamentaria, al omitirla estaría cayendo en una infracción C02, equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) que, para 2024, es de $604.100 pesos.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad