¿Qué se prohíbe y qué se permite en los trasteos en conjuntos? Esto dice la ley
Conocer el reglamento interno de cada edificio y avisar a la administración con antelación puede evitar conflictos y sanciones en medio de un trasteo.

La secretaría de Gobierno destacó cuáles son las excepciones para quienes planean realizar una mudanza en este confinamiento.. Foto: Getty Images(Thot)
En cada edificio o conjunto de Colombia, existen una serie de reglas y disposiciones –como deberes, permisos y restricciones– que deben conocer todos los residentes y propietarios que se trasteen de entrada o de salida.
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La Ley 675 de 2001 es la que regula la propiedad horizontal en Colombia, así como otras indicaciones que suelen encontrarse en los manuales de convivencia. Sin embargo, a pesar de que en este texto no se contempla nada relacionado específicamente con las mudanzas o trasteos, sí se señala lo siguiente:
- Cada copropietario puede usar su unidad privada libremente, siempre y cuando no afecte los derechos de los demás ni altere la tranquilidad común.
- El uso de las zonas comunes debe estar sujeto a reglas claras fijadas en el reglamento de propiedad horizontal.
- La administración puede fijar horarios, condiciones y requisitos para el uso de ascensores, andenes, porterías, zonas de carga y descarga, etc., durante las mudanzas.
Tenga en cuenta que es indispensable leer con antelación el reglamento de propiedad horizontal del edificio conjunto, pues es el texto que recoge todas las normas aplicables y las sanciones por incumplimiento.
¿Qué está permitido durante los trasteos en Colombia?
Comúnmente, las administraciones de los edificios o conjuntos determinan una serie de parámetros que deben tener en cuenta los propietarios o residentes que necesiten entrar o sacar sus pertenencias de un inmueble:
- Los residentes deben avisar al menos 24 o 48 horas antes del trasteo, indicando fecha, hora y nombre del responsable.
- Las mudanzas deben realizarse en horarios establecidos por la administración. Generalmente, estos horarios son de lunes a sábado entre 8:00 de la mañana y 5:00 de la tarde. En domingos y festivos no suele permitirse, a menos que exista alguna autorización especial.
- Se admite el ingreso de camiones o vehículos de mudanza siempre y cuando no bloqueen los accesos ni generen incomodidad a los otros residentes. El ingreso de operarios debe haber sido reportado previamente ante la administración. Recuerde que es importante contratar con empresas serias que tengan experiencia.
- Los ascensores pueden permitirse para transportar muebles, siempre y cuando se haya solicitado con antelación y este sistema de transporte haya sido protegido por dentro para evitar daños en el transporte.
¿Qué está prohibido durante los trasteos en Colombia?
Si bien no existe una reglamentación que tipifique lo que no está permitido en los trasteos en Colombia, normalmente existen una serie de disposiciones fijadas por la administración para no infringir las normas mínimas de convivencia.
Estas son las prácticas comúnmente prohibidas en edificios o conjuntos residenciales o que pueden generar sanciones como multas según el reglamento interno:
- Realizar las mudanzas fuera del horario permitido, como en la noche, la madrugada o días no autorizados.
- Ocasionar daños en zonas comunes como rayones en las paredes o daños en ascensores, rejas o escaleras. Estos hechos son responsabilidad del residente y deben ser reparados o pagados. Además, en edificios con ascensores, no es posible subir colchones, neveras o muebles grandes sin la protección que evite daños.
- El camión de trasteo no se puede ubicar en lugares donde interrumpa el tránsito de vehículos o personas, ya que puede ser peligroso bloquear vías internas o accesos de emergencia.
- Los ruidos excesivos o las alteraciones de la tranquilidad durante la mudanza tampoco se permiten. Esto puede incluir arrastrar muebles, usar herramientas ruidosas o generar alboroto en horarios inadecuados.
- El no haber notificado previamente a la administración antes de iniciar un trasteo puede considerarse una falta que implique una multa.
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