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Presidente de Corte Constitucional calificó de “injustificado” suspender proceso contra Petro en CNE

Junto al magistrado Jorge Ibáñez, los magistrados Natalia Ángel, José Fernando Reyes y Paola Meneses, también expusieron los argumentos por medio de los que salvaron su voto.

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez. Foto: W Radio

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez. Foto: W Radio

El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Ibáñez, en un duro salvamento de voto explicó sus razones para rechazar que la mayoría de la Sala Plena de la Corte Constitucional decidiera suspender el proceso contra la campaña del presidente Petro ante el CNE, (solo en lo referente al presidente y no a los demás procesados).

Para el presidente de la Corte, el Consejo Nacional Electoral no iba a establecer responsabilidades del presidente de la República, en cambio, solamente iba a cumplir su función asignada por la Constitución de investigar eventuales violaciones a los topes de campaña, por lo cual no tenía ningún tipo de sentido suspender la investigación porque no genera riesgos directos para el jefe de Estado.

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“No se trata de una competencia jurisdiccional, ni de una disciplinaria, ni de juicio político, en el que se cuestione la responsabilidad personal del señor presidente de la República”, dijo el presidente Ibáñez.

Asimismo, para el magistrado Jorge Ibáñez, el proceso en el Consejo Nacional Electoral no estaba en una etapa de “inminencia” que representara la necesidad de tomar una decisión de medidas cautelares como la que se adoptó. El presidente de la Corte consideró que fue apresurada e injustificada.

“En este caso no hay un perjuicio, ni siquiera inminente, para el actor, pues, como ya se ha dicho, no se ha adoptado ninguna decisión en el proceso administrativo a cargo del Consejo Nacional Electoral. Al no haber siquiera un perjuicio, no es posible sostener que este sea irremediable, como se exige para adoptar una medida cautelar”, indicó Ibáñez.

Incluso, para el presidente de la Corte suspender una investigación contra el presidente, pero permitir que avance contra otros podría generar importantes inconvenientes procesales.

Por su parte, el magistrado José Fernando Reyes Cuartas planteó en su voto similares motivos a Ibáñez frente a que la competencia de investigación de campañas corresponde al CNE. A su juicio, no existen incidencias, “incluso lejanas”, que pueda tener dicho expediente sobre el mandato presidencial; Reyes recordó que todo lo que tenga que ver con procesos contra el jefe de Estado corresponden sí o sí a la Comisión de Acusaciones.

“Es una decisión absolutamente inconstitucional con alto impacto en derechos y garantías superiores de vital trascendencia en el estado social y democrático de derecho”, sentenció.

La magistrada Paola Andrea Meneses presentó motivos muy cercanos a los anteriormente expuestos. Para ella, la investigación del Consejo Nacional Electoral no genera incidencia alguna en el fuero presidencial, por lo cual el riesgo alegado era inexistente a su juicio para decretar medidas cautelares.

“Inclusive, si se considerase que la importancia del caso amerita contar una pronta resolución que resuelva sobre la validez constitucional de la distribución de competencias administrativas decidida por la Sala de Consulta y Servicio Civil, esto bien podía resolverse mediante la adopción célere de la sentencia”, manifestó Meneses.

Por último, la magistrada Natalia Ángel Cabo afirmó que la investigación del CNE no está en una etapa que pueda representar un riesgo para el presidente de la República, por lo cual no era procedente decretar la suspensión del proceso: “dicha amenaza cierta e inminente se presentaría si la Corte estudiara una acción de tutela contra una decisión del Consejo Nacional Electoral con carácter definitivo”, dijo.

“La Corte no puede olvidar que, por esencia, el juez resuelve una controversia en la sentencia que pone fin al proceso, después de un estudio minucioso y ponderado de los argumentos de las partes y las pruebas recaudadas, y no cuando recién asume su conocimiento”, concluyó la magistrada Ángel.

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