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Qué pensionados de Colpensiones tienen derecho a la mesada 14 en 2025: así funciona este régimen

Después de 20 años este pago extra volverá a beneficiar a miles de colombianos.

Pago de la mesada 14. Foto: Getty Images.

Pago de la mesada 14. Foto: Getty Images.

El artículo 142 de la Ley 100 de 1993 establece una mesada adicional denominada Mesada 14, dirigida a los miembros de la fuerza pública.

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De acuerdo con el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones, los pensionados por jubilación, invalidez, vejez y sobrevivientes, del sector público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, en el sector privado y del Instituto de Seguros Sociales y militares retirados cuyas pensiones se presentaron antes del 1 de enero de 1988 tendrán derecho a este pago.

Se trata del reconocimiento de 30 días de pensión que le corresponda a cada uno por el régimen respectivo.

“Los pensionados por vejez del orden nacional, beneficiarios de los reajustes ordenados en el Decreto 2108 de 1992, recibirán el reconocimiento y pago de los treinta días de la mesada adicional sólo a partir de junio de 1996″, señala el artículo.

Sin embargo, aquellas personas que tengan una pensión igual o inferior a tres salarios mínimos, pensión realizada antes del 31 de julio de 2011 y quienes recibirán catorce mesadas pensionales al año serán exceptuadas de la mesada adicional.

¿Qué pensionados de Colpensiones tiene derecho a la mesada 14 en 2025?

La mesada 14 es una prima que le corresponde a todos los jubilados que se encuentren en el Régimen de Prima Media (RPM), el cual es administrado en la actualidad por Colpensiones. Este monto se transferirá a sus respectivos beneficiaros en la mitad de cada año, es decir, en junio.

Requisitos para recibir la mesada 14

  • Haber sido pensionado antes del 25 de julio de 2005 y no tener pensión superior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Haber sido pensionado entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011 y no tener pensión superior a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

¿Cómo solicitar la mesada 14?

  1. Deberá presentar un escrito solicitando el reconocimiento ante el fondo de pensiones.
  2. El fondo de pensiones tendrá 15 días para responder a la petición.
  3. Si la solicitud es negada por el fondo de pensiones puede presentar una demanda en contra del fondo de pensiones, solicitando que se le reconozca la mesada.

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