Alertan que decreto reglamentario de la pensional no permitiría invertir en activos alternativos
El gremio de Capital Privado y Capital Emprendedor - ColCapital- señala que se afectarían las rentabilidades de las mesadas de los ahorradores. Así afectaría a pensionados.

AME2216. BOGOTÁ (COLOMBIA), 16/07/2024.- El presidente de Colombia, Gustavo Petro, presenta el documento de la reforma pensional, con la firma presidencial, este martes en la Plaza de Bolívar, en Bogotá (Colombia). El mandatario colombiano convocó a que la población lo acompañe para sancionar la ley de la reforma pensional, uno de los programas bandera de su Gobierno. EFE/ Mauricio Dueñas Castañeda / Mauricio Dueñas Castañeda (EFE)
El gremio de Capital Privado y Capital Emprendedor (ColCapital) manifestó su preocupación frente al borrador de decreto que establece el régimen de inversiones del nuevo sistema pensional del país pues no contempla que se pueda invertir en Fondos de Capital Privado (FCP), los Fondos de Inversión Colectiva Inmobiliaria (FICI) y las titularizaciones inmobiliarias, un hecho que afectarái finalmente a los pensionados.
Para este gremio, esto contradice el mandato de asegurar rentabilidad para los ahorradores y podría congelar la financiación de cientos de proyectos de vivienda, infraestructura, salud y educación.
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“Dada la alta dependencia de estos instrumentos financieros en los recursos de los inversionistas institucionales, la aplicación de esta medida tendría un efecto grave en el mercado de capitales y amenazaría buena parte del financiamiento y dinamismo de una serie de activos críticos para el desarrollo social y productivo del país”, señaló esa Asociación en un comunicado.
Y es que el impacto se evidencia en las cifras. En 2024, las Administradoras de Fondos de Pensiones representaron el 46% de la inversión en FCPs, FICIs y titularizaciones inmobiliarias, canalizando recursos hacia proyectos en diversos sectores.
Y no solo esto, el gremio señala que se afectarían las rentabilidades de las mesadas de los ahorradores.
“La Ley estipula que la inversión debe orientarse hacia una gestión prudente, que garantice la seguridad, rentabilidad y liquidez de los recursos de los ahorradores, lo cual solo puede lograrse con una estrategia de diversificación adecuada que incluya activos alternativos como los FCP, FICIs y las titularizaciones inmobiliarias. Ignorar estos instrumentos reduciría las perspectivas de rentabilidad y afectaría por tanto las pensiones de los colombianos”, destacó el gremio.