Tendencias

Docentes pensionados que tienen derecho a la mesada adicional en Colombia: Requisitos para obtenerla

Los docentes del Magisterio que cumplan con los requisitos gozarán de este beneficio de manera vitalicia.

Mesada adicional para los docentes

Mesada adicional para los docentes

Los docentes son personas encargadas de desarrollar las diferentes labores académicas dentro de una institución educativa, es decir, se responsabilizan de la enseñanza o aprendizaje de sus alumnos, también llevan a cabo distintas actividades curriculares, mantienen reuniones con otros profesores y padres de familia o acudientes, así como brindan un “servicio de orientación estudiantil”, explica el Ministerio de Educación.

En ese sentido, para ser docente en una escuela adscrita al Gobierno Nacional, sea en el orden municipal, departamental, distrital o nacional, el ciudadano interesado deberá aplicar a las distintas vacantes publicadas en el ‘Sistema Maestro’ del Ministerio de Educación o participar en los concursos docentes ofertados por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

Puede leer:

Por su parte, una vez adquiera un cargo de profesor directamente con el Estado, se podrá afiliar al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) para el pago correspondiente de la prima, cesantías y pensión, así como acceder a los servicios de salud, entre otros beneficios otorgados.

Mesada adicional para docentes pensionados

Desde el mes de junio de 2024, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag) aprobó una mesada adicional para todos los docentes pensionados que no cuenten con pensión gracia y cuya mesada pensional es inferior a 3 SMLV, entre otros requisitos.​

Según lo explicado pro Presidencia, esta prima “equivale a una mesada pensional, por lo que los docentes del Magisterio que cumplan con los requisitos gozarán de este beneficio de manera vitalicia”.

Requisitos para obtener la mesada adicional de los docentes pensionados

  • Vinculación desde el 01 de enero de 1981: El docente debe estar vinculado a partir de esta fecha y no estar pensionado por FOPEP (Pensión gracia).
  • Vinculación antes del 26 de junio de 2003: El docente debe haber sido vinculado como docente nacional o nacionalizado antes de esta fecha.
  • Para los docentes pensionados que adquirieron el estatus de pensión entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, su mesada pensional no debe superar los 3 SMMLV.
  • Pensionados con estatus de pensión a partir del 31 de julio de 2011, sin importar la fecha y tipo de vinculación, no tienen derecho a la prima de mitad de año o ‘Mesada 15′.
  • Se aplicará la normativa de prescripción vigente para el reconocimiento de la prima de mitad de año.

¿De cuánto es la bonificación de los docentes para 2025?

Según lo establece el Departamento Administrativo de Función Pública, la bonificación pedagógica es para docentes y directivos de planta de personal de los establecimientos oficiales de educación de las entidades territoriales certificadas hasta el año 2026.

En este orden de ideas, el aumento será del 35%, el cual, se verá reflejado gradualmente durante tres años.

  • La primera bonificación para los docentes fue en 2024, al 24% de la asignación básica mensual del cargo que desempeñan.
  • Para el 2025, hay un aumento del 5%, elevando la bonificación al 29% de la asignación básica mensual del cargo que ocupen al momento de su causación.
  • Finalmente, en el 2026, recibirán un aumento del 6%, completando así un total del 35% en ese año, calculado sobre la asignación básica mensual.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad