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Procurador pide “tumbar” 4 decretos de conmoción en Catatumbo por errores del gobierno en las firmas

El ministerio público señaló que dos de los funcionarios que aparecen suscribiendo los decretos no estaban habilitados para haberlos firmado, el día en que fueron expedidos: 5 de febrero.

Procurador General de la República, Gregorio Eljach. Foto: Colprensa - Catalina Olaya

Procurador General de la República, Gregorio Eljach. Foto: Colprensa - Catalina Olaya

El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach, le solicitó a la Corte Constitucional declarar la inconstitucionalidad de cuatro de los decretos con medidas para la conmoción interior en el Catatumbo, al señalar que adolecen de irregularidades en su suscripción, puesto que, a su juicio, fueron suscritos con funcionarios que no estaban habilitados para hacerlo.

El jefe del ministerio público, en sus conceptos entregados a la magistratura en cada uno de los decretos, indicó que presentan el mismo problema: que tanto Luis Carlos Reyes como ministro de Comercio, y Polivio Rosales, ministro de Agricultura encargado, no podían aparecer firmando los decretos.

Según la tesis presentada por el jefe del ente de control, aunque los decretos fueron firmados el 4 de febrero, ya para el 5 de febrero, día de su expedición y publicación, ni Reyes ni Rosales podían aparecer firmándolos. Lo anterior, debido a que el 5 de febrero Reyes estaba de permiso remunerado y a Rosales ya se le había acabado el encargo como ministro (2 a 4 de febrero), por ende, quien debía aparecer firmando era la ministra titular Martha Carvajalino.

“Para la Procuraduría este vicio formal implica la inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 133 de 2025 (y así con los otros tres) por desconocer el requisito formal de suscripción. Al respecto se subraya que las irregularidades en la suscripción del decreto legislativo son de tal entidad, que su inobservancia deriva en su inexequibilidad” señaló el procurador Eljach.

Los decretos que quedan en vilo en materia de analizar la debida suscripción son los siguientes: el Decreto 131 que se relaciona con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con asignación regional, asignación para la paz y asignación ambiental de las regalías, así como el 133 que contempla medidas TIC de uso del espectro para asuntos de socorro y seguridad.

También, la petición de inexequibilidad alegando irregularidades en la suscripción cobija el decreto 137 que ordena medidas extraordinarias de protección a comunidades afectadas, así como el 135, de suma importancia, el cual permite a las autoridades locales y regionales reorientar el presupuesto local y departamental para atender la crisis humanitaria.

El procurador Gregorio Eljach, de manera subsidiaria planteó que de no encontrar la Sala Plena el mismo vicio de suscripción que haría caer los decretos, o superar tal irregularidad alegada, los declare constitucionales, al concluir que las motivaciones y las medidas contenidas en cada uno se ajustan a la Conmoción Interior.

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