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¿Reforma a la salud por decreto contiene artículos ilegales? Congresistas se pronuncian

Los representantes Andrés Forero y Martha Alfonso se pronunciaron sobre este decreto que, según Acemi, estaría reglamentando temas que van más allá de lo permitido por la ley y la Constitución.

Imagen de referencia. Foto: Getty Images

Imagen de referencia. Foto: Getty Images / JGI/Tom Grill

En diálogo con W Radio Investiga, los representantes a la Cámara Andrés Forero, del Centro Democrático y Martha Alfonso, de Alianza Verde, se refirieron al borrador de decreto a través del cual el Gobierno Nacional busca hacer varios cambios estructurales en el sistema de salud y, de esta forma, ejecutar algunas de las propuestas que estaban contenidas en la reforma a la salud.

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W Radio Investiga conoció en primicia las observaciones que serán radicadas el próximo 10 de mayo por la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), el gremio que representa a las empresas aseguradoras de salud de Colombia.

Acemi advierte que este decreto estaría reglamentando temas que van más allá de lo permitido por la ley y la Constitución.

Vea a continuación el debate entre los congresistas Andrés Forero y Martha Alfonso en W Radio Investiga:

¿Qué observaciones ha hecho Acemi?

La primera observación está relacionada con las competencias por fuera de la ley que este decreto le concede a la Superintendencia Nacional de Salud, pues le permite crear mecanismos de participación ciudadana, comités y consejos territoriales. Sin embargo, según la ley, la Supersalud tiene como objetivo principal la inspección, vigilancia y control para garantizar la salud del paciente.

Otro punto que incluso pone en riesgo el derecho a la salud es que, dentro del decreto, se ordena a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) destinar sus recursos, incluyendo los de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), a temas como la infraestructura pública rural, urbana y otros temas no relacionados con la prestación del servicio de salud.

Aunque muchos de los cambios del sistema de salud sí se pueden hacer mediante decreto, las funciones que tienen las EPS no pueden ser trasladadas a los entes territoriales, según la ley 1122 y 1438.

Esto es lo que sucede en este decreto donde las responsabilidades de las EPS, como la de gestionar y garantizar la atención a los usuarios, se trasladan a los Centros Regulador De Urgencia y Emergencia –Crue–, lo que violaría el artículo 14 de la ley 1122 del 07.

Otro de los puntos que podría exceder la potestad reglamentaria está relacionado con el poder que se le da a las entidades territoriales para crear las redes de prestación en salud. Es decir, alcaldes y gobernadores tendrían facultades extraordinarias a la hora de decidir como montar la red de salud, lo que podría aumentar el riesgo de corrupción.

Por otro lado, otro de los problemas que señala Acemi está relacionado con la creación de nuevas entidades. En el decreto se mencionan unas subregiones y “microterritorios” que tendrán competencias y responsabilidades dentro del sistema de salud.

Es decir, se estaría violando la norma 388 sobre el ordenamiento territorial.

Finalmente, este decreto también crea instancias de participación ciudadana en donde el usuario del sistema puede tener funciones de diseño y ejecución. Esto significa que el usuario pasaría a ser responsable de la implementación de su propio sistema de salud.

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