Judicial

JEP rechaza cuestionamientos del secretariado de las Farc a resolución de conclusiones por secuestro

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó las pretensiones del último secretariado de las Farc contra la resolución que estableció su responsabilidad en secuestros, al considerar infundadas sus críticas y desproporcionadas varias de sus solicitudes.

JEP imagen de referencia. Foto: Getty Images.

JEP imagen de referencia. Foto: Getty Images. / NurPhoto

La Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP rechazó el recurso de reposición presentado por el último secretariado de las extintas FARC-EP contra el Auto TP-SeRVR-AI-No.003 de 2024, que evaluó la resolución de conclusiones del macrocaso 01, centrado en los crímenes de secuestro.

Los apoderados de los comparecientes alegaron que la resolución vulneraba su derecho al debido proceso y cuestionaron la legalidad de herramientas como el Auto 021 y el Acuerdo 011, señalando que estos introducían elementos no previstos en el Acuerdo Final de Paz, como órganos adicionales y participación de víctimas en la definición de sanciones.

Argumentaron, además, que se estaba igualando la responsabilidad de mandos medios y altos, lo que afectaba la proporcionalidad de las sanciones y vulneraba el principio del non bis in ídem.

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Entre las pretensiones más llamativas y consideradas desproporcionadas por la contraparte, se encontraba la solicitud de revocar toda referencia a decisiones anteriores (como el Auto 021) y la intención de excluir de la evaluación del daño la participación activa de las víctimas, alegando que esta excedía el marco legal.

Igualmente, pidieron que se reconociera que no se podía individualizar el daño sufrido por las víctimas en este estadio procesal, lo cual fue desestimado por la JEP al considerar que esta afirmación se basaba en conjeturas sin sustento jurídico.

La organización Mil Víctimas respaldó plenamente la resolución impugnada, señalando que la justicia restaurativa no debía responder a los intereses de los comparecientes sino a la reparación del daño a las víctimas. Cuestionaron los intentos de frenar el proceso de caracterización del daño y defendieron la participación activa de las víctimas como una condición esencial para la legitimidad de las sanciones propias.

La Procuraduría General de la Nación también respaldó la decisión de la JEP, rechazando los argumentos del secretariado. Afirmó que sí existía sustento probatorio suficiente para acreditar el crimen de esclavitud como crimen de lesa humanidad y que los comparecientes no tomaron medidas para evitar o castigar estas prácticas. Además, solicitó mantener firme el auto recurrido y criticó la falta de rigurosidad de los comparecientes en sus alegaciones.

Finalmente, la JEP resolvió mantener en firme su auto y negó cada uno de los reparos presentados. Consideró que el recurso se basó en interpretaciones erróneas, suposiciones infundadas y una lectura sesgada del modelo de justicia transicional, desconociendo el rol central que deben tener las víctimas en este proceso.

Así, ratificó la validez del modelo restaurativo adoptado, la participación de las víctimas y la pertinencia de la resolución de conclusiones que imputa responsabilidades al último secretariado de las FARC-EP por secuestros masivos.

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