¿Es permitido fumar en zonas comunes de un conjunto o edificio? Ley Propiedad Horizontal
Asegúrese si está permitido fumar en zonas de acceso colectivo dentro de su entorno residencial. Esto dice la ley en Colombia.

Referencia de fumar en zonas donde está prohibido y edificios. Foto: skynesher y Arturo Rosenow vía Getty Images.
La Ley 675 de 2001 expidió el régimen de propiedad horizontal, la cual regula la forma especial de dominio, “en la que concurren derechos de propiedad exclusiva sobre bienes privados y derechos de copropiedad sobre el terreno y los demás bienes comunes, con el fin de garantizar la seguridad y la convivencia pacífica en los inmuebles sometidos a ella, así como la función social de la propiedad”, indica la página estatal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
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Para poder responder a la pregunta, primero hay que reconocer cuáles son esos espacios comunes, y es que como su nombre los indica, son aquellas zonas que pertenecen a todos los propietarios de las casas y/o apartamentos que integran los edificios o conjuntos, por lo que están destinados al uso colectivo.
Algunas zonas comunes
- Pasillos
- Escaleras
- Ascensores
- Jardines
- Piscinas
- Canchas deportivas
- Gimnasios
- Zonas de juego y recreación
- Estacionamientos
¿Se puede fumar en zonas de uso común?
La respuesta concreta es: depende. Si se puede fumar o no en espacios comunes de conjuntos o edificios dependerá principalmente del reglamento interno de estas zonas residenciales.
En Colombia existen varias leyes que por lo general prohíben fumar en espacios cerrados, como la Ley 1335 de 2009, que regula el consumo de tabaco en Colombia.
“Se prohíbe el consumo de tabaco en las áreas cerradas tanto de los lugares de trabajo, como en los lugares públicos como como bares, restaurantes, centros comerciales, tiendas, parques, estadios, cafeterías, discotecas, hoteles, ferias y casinos, entre otros, también prohíbe fumar en los lugares donde se realicen eventos masivos. Adicionalmente, sitios donde se atienden menores de edad, medios de transporte público, oficial, escolar y privado. Espacios deportivos y culturales entre otros”, asevera el Ministerio de Salud.
Por su parte, el artículo 33 del Código de Policía, exige respetar las normas propias de los establecimientos, lo que podría incluir el fumar en lugares prohibidos, de manera que moleste a otros y perturben la tranquilidad de los demás, por lo que, si en su edificio o conjuntos no está permitido fumar en ciertas zonas, usted está en el deber de cumplir con esta restricción.
¿Qué dice la Ley Horizontal de fumar en zonas comunes?
Una de las prohibiciones en propiedad horizontal en el uso de áreas comunes es: “Fumar en áreas no permitidas o hacer uso indebido de los espacios”, según la página estatal de la Notaria 19 de Bogotá.
Lo que confirma que fumar en áreas de acceso colectivo en conjuntos o edificios dependerá principalmente de las reglas internas de dichos establecimientos, en caso de que las infraestructuras tengan zonas comunes cerradas o semicerradas (como jardines, gimnasios o salones sociales), es probable que haya una normatividad interna que regule esta práctica.
Por lo general, ante las restricciones de fumar en zonas específicas se busca proteger la salud y el bienestar de todos los residentes, así como evitar actitudes que generen intranquilidad en los demás.
Otras prohibiciones de la Ley Horizontal en áreas comunes
De acuerdo con la Notaría 19 de Bogotá, estos son las otras restricciones de regula la Ley Horizontal:
- Utilizar zonas comunes en horarios no permitidos para ello (salón comunal, piscinas, etc.)
- Usar pasillos o escaleras para dejar las bicicletas, enseres, plantas que no forman parte del área común.
- Hacer uso de las áreas comunes para transitar en motos, bicicletas, patines, jugar con balones o cualquier otra actividad que cause deterioro y desaseo en estas áreas.
- Ingresar las mascotas en ciertas áreas comunes donde no está permitido su acceso.
- Usar los parqueaderos para jugar, reunirse, o utilizarlos como depósitos para poner muebles, materiales de construcción, etc.
- Hacer uso de los parqueaderos para lavar los carros o realizar reparaciones mecánicas, excepto de que se trate de un arreglo urgente o un cambio de llanta esencial para movilizar el vehículo.
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