Pago de Mesada 14 para Fuerzas Militares en junio: ¿de cuánto es? Fecha límite y más
Conozca los requisitos y el paso a paso para solicitar esta mesada adicional.

Pago de la mesada 14. Foto: Getty Images.
A través del artículo 142 de la Ley 100 de 1993 se estableció una mesada adicional denominada ‘Mesada 14′, dirigida a los miembros de las Fuerzas Públicas.
Según el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones, los pensionados por jubilación, invalidez, vejez y sobrevivientes, del sector público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, en el sector privado y del Instituto de Seguros Sociales y militares retirados cuyas pensiones se presentaron antes del 1 de enero de 1988 tendrán derecho a este pago.
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Se trata del reconocimiento de 30 días de pensión que le corresponda a cada uno por el régimen respectivo.
El artículo señala que “los pensionados por vejez del orden nacional, beneficiarios de los reajustes ordenados en el Decreto 2108 de 1992, recibirán el reconocimiento y pago de los treinta días de la mesada adicional sólo a partir de junio de 1996″.
Sin embargo, aquellas personas que tengan una pensión igual o inferior a tres salarios mínimos, pensión realizada antes del 31 de julio de 2011 y quienes recibirán catorce mesadas pensionales al año serán exceptuadas de la mesada adicional.
¿Qué es la Mesada 14?
En el año 1993, la Mesada 14 se consolidó como un pago anual adicional destinado a los pensionados pertenecientes a la Fuerza Pública por jubilación, invalidez, vejez y sobrevivientes.
Dicha mesada fue creada bajo el artículo 142 de la Ley 100 de 1993 para pensionados que no excedieran los 15 salarios mínimos mensuales.
Sin embargo, este pago fue eliminado en 2005 durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez.
Según explicó el entonces presidente Uribe en ese momento, la propuesta del Gobierno para eliminar la Mesada 14 se adoptó “como medida para generar recursos y garantizar el pago de las pensiones en el país”, por lo que “no aplicaría para quienes ya gozan de dicha mesada sino para quienes se jubilen en el futuro”.
De este modo, Uribe reiteró en ese entonces: “Quiero repetir eso con mucho cuidado porque se han creado malentendidos: no se le quita la Mesada 14 a quienes ya la tienen, sino a los que se jubilen en el futuro”.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la mesada 14?
- Haber sido pensionado antes del 25 de julio de 2005 y no tener pensión superior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Haber sido pensionado entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011 y no tener pensión superior a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En este sentido, quienes no cumplan con dichos requisitos no serán beneficiarios de la mesada extra de para este mes de junio.
¿Cómo solicitar la mesada 14?
- Deberá presentar un escrito solicitando el reconocimiento ante el fondo de pensiones.
- El fondo de pensiones tendrá 15 días para responder a la petición.
- Si la solicitud es negada por el fondo de pensiones puede presentar una demanda en contra del fondo de pensiones, solicitando que se le reconozca la mesada.
¿De cuánto es la mesada 14? Fecha límite y pagos
El pago de la mesada 14 se realizará cada año en el mes de junio. Por tanto, a partir de junio de 2024 inició su implementación.
El monto que recibirá cada pensionado dependerá de su asignación salarial, es decir, se ajustará según el ingreso pensional correspondiente.