JEP rechaza solicitud de amnistía a cinco exFarc por secuestro múltiple en Caquetá
La JEP negó amnistía a cuatro exFARC y un civil condenados por secuestro en Caquetá, al concluir que los hechos no tuvieron relación con el conflicto armado.

JEP imagen de referencia. Foto: Getty Images. / NurPhoto
La Jurisdicción Especial para la Paz rechazó la solicitud de amnistía presentada por cuatro exintegrantes de las FARC-EP y un civil, condenados por un secuestro ocurrido en 2005 en San Vicente del Caguán, al considerar que el hecho no tuvo relación con el conflicto armado.
La decisión fue adoptada por la Sala de Amnistía o Indulto mediante la resolución SAI-AOI-R-ASM-023-2024 y notificada en el Auto SAI-AOI-T-ASM-194-2025. Los solicitantes Iván Darío Cañas Chávez, Jhon Neider Ortiz Cortés, Wilson Betancourt Gallego y Jhon Fernando Viuche Sogamoso sí están acreditados como exFARC, según certificaciones de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz. Sin embargo, Ovidio Bravo Quiñones no figura en esos listados ni se demostró su pertenencia al grupo armado.
Los hechos investigados ocurrieron el 17 de octubre de 2005 en la finca Los Arbolitos, vereda Media Argelia, donde cinco hombres armados y encapuchados, que se presentaron como miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia, retuvieron a seis personas, entre ellas una bebé de diez meses, y exigieron 150 millones de pesos. La operación terminó con la liberación de las víctimas tras la intervención del Ejército.
La justicia ordinaria condenó a los cinco hombres por secuestro extorsivo agravado, hurto calificado y porte ilegal de armas. Las penas impuestas superaron los 25 años de prisión. Pese a que algunos de los solicitantes ya se habían beneficiado de libertades condicionadas, buscaron acogerse a la amnistía de iure contemplada en la Ley 1820 de 2016.
Sin embargo, la JEP concluyó que los hechos no se cometieron por causa, con ocasión o en relación con el conflicto armado. Señaló que no hubo evidencia de que se tratara de una operación vinculada a la estructura u objetivos políticos de las Farc, ni en el caso de los cuatro excombatientes ni del civil involucrado.
Por esa razón, la jurisdicción transicional se declaró incompetente para conocer el caso, y ordenó remitirlo a las autoridades competentes.