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Corte Suprema de Justicia ordenó capturar al excomandante paramilitar ‘Juancho Dique’

El alto tribunal solicitó a la Sala de Justicia y Paz de Bogotá librar orden de captura contra el excomandante del Bloque Montes de María y hoy abogado, al negarle beneficios tras una condena en su contra.

Uber Bánquez Martínez, alias 'Juancho Dique'. Foto: Colprensa / Mauricio Alvarado

Uber Bánquez Martínez, alias 'Juancho Dique'. Foto: Colprensa / Mauricio Alvarado

La W conoció en primicia el documento de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia mediante el cual ordenó librar orden de captura en contra de Uber Bánquez ‘Juancho Dique’, uno de los más tristemente recordados excomandantes de las Autodefensas, y quien lideró el Bloque Montes de María durante la vigencia de ese grupo criminal.

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La decisión de 33 páginas emanada de la Sala Penal se produjo tras negarle a Bánquez la sustitución de la medida de aseguramiento por una no privativa de la libertad en el marco de una de las imputaciones que se le venían adelantando dentro del sistema de Justicia y Paz por cientos de crímenes; lo anterior, luego de que Bánquez fuera condenado en primera instancia, en octubre del año pasado, por falso testimonio.

En dicha sentencia condenatoria, el juez de Conocimiento declaró a “Juancho Dique” responsable de haber incurrido en falso testimonio al negar que conocía al exsenador por Cambio Radical y parapolítico, Javier Cáceres Leal, y se le impuso una condena de 10 años de prisión. “Dique” apeló el fallo señalando que mintió por temor y presiones que recibió en la cárcel para que no declarara contra Javier Cáceres.

La Corte Suprema en su análisis consideró que la condena previamente mencionada representa un incumplimiento de los requisitos para otorgar beneficios futuros al excomandante de las Autodefensas, ya que los lineamientos son estrictos e incluso con una imputación de cargos podría adoptarse una postura restrictiva, y en el caso en estudio la situación es aún más grave porque existe una condena.

La Sala Penal en posición mayoritaria también descartó los argumentos de la defensa tendientes a que la sentencia contra el excomandante de las AUC y abogado, no se encuentra en firme: “Debe decirse que para efectos de la sustitución de la medida de aseguramiento, como ya se anotó, no es necesario que exista una decisión en firme que declare la responsabilidad penal del postulado. En cambio, basta con la comunicación de cargos que se hace en la audiencia de formulación de imputación, conforme lo prevé la normatividad vigente” se lee en la decisión.

A su vez, en la decisión que ordena a la Sala de Justicia y Paz de Bogotá librar la orden de captura contra “Juancho Dique”, la Corte planteó que contrario a los exparamilitares que son denunciados por políticos, distintos funcionarios o empresarios por sus confesiones, y en donde hay una valoración especial por el riesgo que representa, en este caso “Juancho Dique” propiamente se apartó de su deber con la verdad.

“Presuntamente, faltó a la verdad al interior de un proceso penal, en aras de favorecer o desvincular a un ex Senador de la República de sus nexos con la organización paramilitar, por lo que esta Corte compulsó copias para que fuera investigado” sentenció la Sala de Casación Penal.

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