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Procurador pide a la Corte que mantenga los impuestos adicionales para la conmoción interior

El jefe del ministerio público solicitó que su uso se circunscriba solamente a los fines que fueron avalados por la Corte Constitucional en su análisis del decreto “madre” de la conmoción en el Catatumbo.

Procurador General de la República, Gregorio Eljach. Foto: Colprensa - Catalina Olaya

Procurador General de la República, Gregorio Eljach. Foto: Colprensa - Catalina Olaya

El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach, solicitó a la Corte Constitucional mantener vigente el decreto que impuso impuestos adicionales para atender la conmoción interior en el Catatumbo, respaldando que dichos tributos (que irían hasta fin de año) continúen pero se condicione su uso solamente para los fines que ha autorizado el alto tribunal.

Dichos fines son los que se relacionan estrictamente con la atención a la crisis humanitaria derivada de desplazamientos y confinamientos así como el fortalecimiento de las capacidades de la fuerza pública para atender la emergencia.

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De acuerdo con el documento entregado por el jefe del ministerio público, el decreto 175 de 2025 cumplió con los requisitos formales de expedición y se aprecia “conexidad” entre el decreto “madre” y las medidas que se desplegaron como el IVA a los juegos de azar y el recaudo producto del aumento en el impuesto de timbre.

“De allí que resulte idóneo incluir dentro de los hechos generadores de IVA este tipo de actividades, que reportan movimientos significativos de recursos, y de los cuales, en razón a su forma de operación, no reporta dificultades en su causación y recaudo” concluyó el procurador.

También afirmó que según su criterio, el Gobierno entregó el material probatorio mediante el cual soportó la adopción de las medidas, las cuales no fueron ni arbitrarias ni comprometieron derechos fundamentales. 

“El Decreto Legislativo 175 de 2025 cumple con estos juicios en tanto tiene como propósito asegurar los recursos adicionales no contemplados en las partidas presupuestales existentes, sin los cuales no es posible cumplir cabalmente con el restablecimiento del orden público y la limitación de sus efectos adversos” dijo Eljach.

Asimismo, a su juicio se mantiene la separación de poderes porque el gobierno está facultado a imponer impuestos en el marco de los estados de excepción y se fundamenta el recaudo intempestivo de estos tributos porque el Gobierno no preveía lo que iba a pasar en el Catatumbo.

“Se enfoca en recaudar los recursos necesarios que permitan que las entidades estatales del orden nacional, solventen los gastos destinados a salvaguardar los derechos constitucionales” aseveró Eljach.

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