Dian salió de contingencia y anunció nuevos plazos para pago de impuestos: comunicado explicado
Quienes tengan obligaciones tributarias con plazo entre el 12 y el 23 de mayo podrán presentar sus declaraciones y realizar el pago sin sanciones ni intereses hasta el lunes 26 de mayo de 2025.

Persona en el computador con un logo de la DIAN, y al lado una declaración de renta (Fotos vía Getty Images, COLPRENSA y cuenta de X de la entidad DIAN)
A través de un comunicado publicado este 23 de mayo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que “se observa estabilidad y correcto funcionamiento en los servicios informáticos” para diligenciar y presentar declaraciones tributarias y trámites aduaneros.
Esto significa que, a partir de la fecha, fue levantada la contingencia por indisponibilidad de los servicios que fue decretada el pasado 13 de mayo debido a los incidentes técnicos de los sistemas de información.
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Los contribuyentes que tengan obligaciones tributarias cuyo plazo estaba definido entre el 12 y el 23 de mayo podrán presentar sus declaraciones y realizar el pago hasta un día hábil después del restablecimiento de los servicios informáticos sin ningún tipo de sanción ni intereses.
Es decir, el plazo límite es el lunes 26 de mayo de 2025 a las 11:59 de la noche.
Esto incluye a los contribuyentes obligados a pagar el anticipo bimestral del Registro Simple de Tributación que no presentaron el formulario 2593 (Recibo Electrónico Simple) que corresponde al periodo enero – febrero de 2025.
En materia aduanera, agregó la Dian, los usuarios deberán acatar lo dispuesto en su respectiva regulación “con el fin de cumplir con sus obligaciones en debida forma”.
Luis Eduardo Llinás, director general (e) de la Dian, indicó que los contribuyentes y usuarios aduaneros ya pueden presentar sus declaraciones tributarias y adelantar sus trámites aduaneros a través del portal transaccional. Además, invitó a los ciudadanos a acudir a los puntos de contacto en todo el país en caso de tener alguna inquietud o novedad.
En su comunicado, la Dian recordó lo que señala el Concepto 4371 del 2020:
- “Quienes se encuentren en los supuestos señalados en el inciso 2 del artículo 579-2 del Estatuto Tributario no están obligados a liquidar y pagar intereses moratorios, siempre y cuando (i) la declaración virtual se presente y (ii) los impuestos, anticipos y retenciones sean cancelados, a más tardar al día siguiente a aquel en que los servicios informáticos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se hayan restablecido”.
Horarios extendidos para el fin de semana
La Dian también informó que el sábado 24 de mayo los puntos de contacto atenderán al público, en jornada continua, de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde.
Esto, según la entidad, con el fin de “garantizar una adecuada atención a los contribuyentes que requieran acompañamiento para realizar sus trámites”.
CIUDAD | DIRECCIÓN |
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Arauca | Carrera 20 Calle 31 Esquina |
Armenia | Carrera 14 No. 20A – 22 |
Barrancabermeja | Calle 49 No. 9 - 09, Edificio Luisa |
Barranquilla | Calle 77 No. 59 - 35, Centro Empresarial Las Américas 3, piso 1 |
Bogotá | Carrera 6 No. 15 – 32 |
Bucaramanga | Calle 36 No. 14 – 03 |
Buenaventura | Calle 3 No. 2A – 18 |
Buga | Carrera 14 No. 5 - 53, Oficina 301, Edificio Cámara de Comercio |
Cali | Calle 11 No. 3 - 18, Edificio Antiguo BCH |
Cartagena | Barrio Manga Calle 28 3a. Avenida No. 25 - 04 |
Cúcuta | Calle 8A No. 3 - 50, Edificio Santander, Palacio Nacional, piso 1 |
Florencia | Carrera 11 No. 13 - 39, piso 1, Barrio Centro |
Girardot | Calle 16 No. 10 - 51 Barrio Centro, Edificio DIAN |
Ibagué | Carrera 3 No. 9 - 01, piso 1 |
Inírida | Calle 15 No. 9 – 75, Barrio Centro |
Ipiales | Carrera 6 No. 15 – 23 |
La Dorada | Carrera 3 No. 13 – 59 Esquina |
Leticia | Carrera 11 No. 8 – 25 |
Magangué | Barrio Córdoba Avenida Colombia, Calle 16 No. 10A - 02 |
Maicao | Calle 16 Base Militar San Jorge |
Manizales- Sede Milán | Carrera 23 # 74-35, sector Milán |
Medellín | Carrera 52 No. 42 – 43, La Alpujarra |
Montería | Carrera 2 No. 33 - 40, Palacio Nacional, piso 1 |
Neiva | Calle 7 No. 6 - 36, Edificio Nacional, piso 1 |
Ocaña | Carrera 12 No. 9 - 94, Calle 10 Esquina, Local 210, Centro Comercial Santa María |
Palmira | Calle 32 No. 29 – 08 |
Pamplona | Carrera 5 No. 4 - 19 Barrio Centro, |
Pasto | Calle 17 No. 24 – 35 |
Pereira | Calle 14 Bis No. 15 - 29, Edificio Pinares Plaza, piso 1 |
Pitalito | Carrera 4 No. 31 - 15, piso 2, Local 218, Terminal de Transportes |
Popayán | Carrera 8 No. 1 - 36, Edificio Portal El Molino |
Puerto Asís | Puerto Asís - Calle 13 No. 34-39, Barrio Kennedy |
Puerto Carreño | Avenida Orinoco calle 18 No. 4 - 05, Barrio La Plazuela |
Quibdó | Carrera 1 No. 22 - 126, piso 1 |
Riohacha | Calle 2 No. 6 - 48, piso 1 |
San Andrés | Avenida Newball Muelle Marítimo |
San José del Guaviare | Calle 12b No. 19 - 71/77 Barrio el Modelo |
Santa Marta | Carrera 5 No. 17 - 04, piso 1 y Mezanine |
Sincelejo | Calle 23 No. 18 – 77 |
Sogamoso | Calle 13 No. 10 – 71 |
Tuluá | Carrera 26 No. 27 – 82 |
Tumaco | Calle 15A No. 8 - 13, Parque Colón Esquina |
Tunja | Calle 20 No. 9 – 40, piso 1 |
Turbo | Avenida La Playa, contiguo al Aeropuerto Gonzalo Mejía |
Valledupar | Calle 16 No. 9 - 44, Edificio Caja Agraria, piso 1 |
Villavicencio | Calle 40 No. 33 A - 27- 29 Edificio Oriana, Centro |
Yopal | Carrera 20 No. 7 – 28 |