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Roberto Prieto, exgerente de la campaña Santos, inhabilitado ocho años por donación de Odebrecht

La Procuraduría dejó en firme la sanción disciplinaria que arrancó con la queja presentada por los expresidentes Álvaro Uribe y Andrés Pastrana.

Roberto Prieto y cartel de Odebrecht. Fotos: Colrpensa y Getty Images.

Roberto Prieto y cartel de Odebrecht. Fotos: Colrpensa y Getty Images.

La Procuraduría General de la Nación redujo de 12 a 8 años, por ausencia de antecedentes, la inhabilidad impuesta a Roberto Prieto para ejercer cargos públicos.

Lo anterior, en su calidad de exgerente de la campaña Juan Manuel Santos presidente 2014, por cuenta de la donación que recibió la campaña por parte de la multinacional Odebrecht, la cual no fue reportada de forma dolosa por Prieto.

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En el documento de 41 páginas en donde deja en firme las consecuencias disciplinarias, el ministerio público confirmó la responsabilidad de Prieto en no informar al Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre la donación que habían recibido por parte de la empresa brasileña, consistente en una contribución en especie colaborando con estudios de carácter electoral y de opinión valorados en más de un millón de dólares.

“Bajo este hilo conductor, advierte esta Colegiatura que en el auto de formulación decargos se relacionaron y valoraron medios de convicción que acreditan objetivamente el hecho imputado y, además, comprometen la responsabilidad del disciplinado”, se lee.

Y aunque dentro de los argumentos que presentó Roberto Prieto en la apelación aseguraba que su llegada a la campaña había sido posterior a la firma del estudio de opinión contratado por la campaña (y pagado por Odebrecht) con Paddington Ventures, la Procuraduría concluyó, a partir de testimonios como el de Eleuberto Martorelli, expresidente de Odebrecht, que la financiación ocurrió y, Prieto de manera dolosa la ocultó.

“Carece de relevancia que el señor Prieto no haya participado en la celebración de dicho contrato, dado que el reproche disciplinario se centra en la omisión de reportar el aporte realizado a la campaña, obligación que le correspondía como administrador y representante de ésta. (...) Por último, no puede considerarse que la valoración realizada por el juez a quo sea ilógica ni que constituya un falso juicio de raciocinio, toda vez que esta se encuentradebidamente motivada y sustentada”, señala el fallo.

La Procuraduría en la decisión que impuso los 8 años de inhabilidad y una multa de 30 millones de pesos a Prieto, recordó que de propias interceptaciones al ejecutivo y exgerente de campaña, se pudo conocer su preocupación por esconder ese aporte en los siguientes términos: “Entre las conversaciones el señor Roberto Prieto habría hecho referencia a la debilidad y el riesgo que tenía en el tema de las encuestas de PADDINGTON, las cuales se cruzaban con las de la campaña, por lo que tenía que hacer arreglos y hablar con una gente para cubrir este tema y evitar que se le cayera toda la estantería”.

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