Prima de mitad de año: Las multas y sanciones que deben pagar los empleadores si no pagan a tiempo
Este pago corresponde a 30 días de salario por año, el cual todas las empresas deben garantizar sin importar el tiempo laborado.

Prima de JUNIO en Colombia: Grupo de personas que NO reciben próximo pago, ¿por qué?/ Getty Images
Miles de trabajadores colombianos están a la espera de recibir uno de los pagos extras que se realizan en el año. Se trata de la prima de servicios la cual es otorgada a todos los empleados del sector privado y público.
Este pago corresponde a 30 días de salario por año, el cual todas las empresas deben garantizar sin importar el tiempo laborado.
No obstante, de acuerdo al artículo 306 del código de trabajo la prima de servicios es dividida en dos, es decir, los empleados reciben lo correspondiente a 15 días de salario el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días de diciembre.
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¿Cuál es la multa por no pagar a tiempo la prima de mitad de año?
Así como la primera prima del año debe llegar a más tardar el 30 de junio, y la segunda, máximo hasta el 20 de diciembre, los empleados deben tener en cuenta que estas no se pueden atrasar, de ser así, este podría acudir a un juez laboral para exigir el pago que le pertenece.
Según expone el Ministerio de Trabajo en el Código Sustantivo del Trabajo (CST), el no pago de la prima puede traer varias consecuencias, entre ellas:
- Multa de 1 a 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes al empleador.
- Indemnización al empleado correspondiente a un día de trabajo por cada día de retraso en el pago.
- Cobro de intereses tras 24 meses de no pago.
¿Quiénes no reciben el pago de la prima?
Tenga en cuenta que el pago no está contemplado para los trabajadores que tengan otras modalidades de vinculación con la empresa. A continuación el listado:
- Trabajadores independientes.
- Trabajadores bajo contrato de prestación de servicios.
- Trabajadores transitorios.
- Trabajadores que reciben un salario integral.
- Trabajadores ocasionales o temporales.
- Aprendices o personas con contrato de aprendizaje.
¿Cómo calcular el pago de la prima de mitad de año?
De acuerdo con lo informado por el Ministerio del Trabajo, la forma correcta para calcular la prima de servicios es cogiendo “el salario base por los días laborados y este resultado se divide en 360 (correspondiente a dos semestres del año). Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas”, explica la entidad.
Por cada año trabajado, una persona empleada tiene derecho a un mes de salario que será dividido, como prima, con una mitad en junio y otra en diciembre. Pero si no se cumple con ese año, se puede seguir una regla de tres que tenga en cuenta estos dos elementos:
- La remuneración mensual recibida, contando las prestaciones y los beneficios extralegales.
- Los días laborados, tanto los hábiles como los domingos o festivos, que hayan servido de cálculos para las remuneraciones mensuales.
El paso siguiente es multiplicar la remuneración por el número de días. El resultado debe dividirse entre 360 días, que es el número que se cuenta para referirse a un año laboral.