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Siguen libres cuatro socios de ‘Papá Pitufo’; juez criticó a la Fiscalía por mala sustentación

El despacho advirtió que el ente acusador no sustentó debidamente la solicitud y reiteró que no es función del juez suplir las fallas argumentativas de las partes.

La W Radio conoció que una de las líneas de la Fiscalía tiene que ver directa con la Federación Colombiana de Fútbol.. Foto: Colprensa

La W Radio conoció que una de las líneas de la Fiscalía tiene que ver directa con la Federación Colombiana de Fútbol.. Foto: Colprensa(Thot)

Una juez de conocimiento en Bogotá negó la apelación de la Fiscalía que buscaba prorrogar la detención de cuatro presuntos socios de alias ‘Papá Pitufo’.

El despacho advirtió que el ente acusador no sustentó debidamente la solicitud y reiteró que no es función del juez suplir las fallas argumentativas de las partes.

El coronel (r) Alexander Galeano, dos mayores de la Policía y alias ‘El Bendecido’, señalados de apoyar a la red de contrabando de ‘Papá Pitufo’, continuarán en libertad luego de que un juez de conocimiento negara la apelación de la Fiscalía.

El Juzgado 48 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá rechazó el recurso interpuesto por la Fiscalía con el que buscaba prorrogar las medidas de aseguramiento contra cuatro presuntos socios de Diego Marín Buitrago, alias ‘Papá Pitufo’, quienes habían sido dejados en libertad por vencimiento de términos.

La decisión beneficia al coronel retirado Alexander Galeano Ardila, a los mayores de la Policía Mario Andrés Sarmiento Rojas y José Heli Alzate Moncayo, así como a Ricardo Orozco Baeza, conocido como El Bendecido, señalado de facilitar el ingreso del 80 % del contrabando al país.

El fallo, de 39 páginas, también contiene un fuerte llamado de atención a la Fiscalía por no sustentar adecuadamente la solicitud de prórroga de la detención preventiva. El juzgado advirtió que no se pueden suplir las falencias de una de las partes en el marco del sistema penal acusatorio:

“Deberá llamársele la atención a la fiscalía delegada tras no ejercer la debida postulación, debiéndose concluir que no le es dado al juez, dentro de un sistema procesal rogado, asumir la carga de las partes y suplir las deficiencias argumentativas y de acreditación de la parte, para inferir, según su propio entendimiento, cuál es el sustento y el respaldo de las pretensiones”, señaló el despacho judicial.

Además, el juzgado concluyó que la solicitud presentada no cumplía con los requisitos exigidos:

“Quien solicitó la prórroga de la medida de aseguramiento no acreditó con suficiencia la concurrencia de los presupuestos necesarios para su procedencia”.

Los cuatro procesados habían sido dejados en libertad desde el pasado 1 de abril, cuando el Juzgado 63 de control de garantías de Bogotá negó la extensión de sus medidas de aseguramiento, también por vencimiento de términos.

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