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Corte tumba uno de los decretos de conmoción interior porque quedó mal firmado

El alto tribunal acogió el concepto de la Procuraduría, que descubrió que dos de los funcionarios que aparecían firmando el decreto no podían signarlo. En la práctica, ningún proyecto se verá afectado.

Consejo de ministros. Foto: Presidencia.

Consejo de ministros. Foto: Presidencia.

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible el decreto 131 de 2025, uno de los decretos de desarrollo de la conmoción interior en el Catatumbo, dirigido a la asignación de recursos para proyectos de inversión en esa región. El decreto se cayó por una insólita razón: quedó mal firmado por los ministros.

Resulta que el decreto fue firmado por dos personas que no podían imponerle su rúbrica: Polivio Leandro Rosales, quien estaba como ministro (e) de Agricultura, pero en el momento en que se expidió, ya la ministra Carvajalino estaba de vuelta en funciones.

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Caso similar ocurrió con el entonces ministro Luis Carlos Reyes, quien firmó el decreto un día antes de su expedición, pero al momento en que se hizo oficial, estaba en un viaje en el exterior, por lo cual no estaba en funciones de ministro y no podía aparecer firmando.

“Con fundamento en lo anterior, la Corte concluyó que el Decreto Legislativo 0131 de 2025 debía ser declarado inexequible en su integridad, por cuanto la ausencia de las dos firmas constituye un vicio formal e insubsanable” sentenció el alto tribunal.

En el marco del análisis del contenido del decreto como tal, la Corte Constitucional amparada en el precedente del decreto “madre” de la conmoción (donde se avalaron solo las medidas para atender la emergencia humanitaria y no la crisis estructural), también cuestionó la asignación de recursos para temas ambientales y de inversión de desarrollo regional, distintos a aquellos de inversión social para la implementación del Acuerdo de Paz.

La Sala Plena aclaró que los efectos de su decisión no son retroactivos, por lo cual solo tendrá efectos hacia el futuro (este es uno de los decretos que no fue prorrogado). Es decir, que todos los proyectos amparados por el decreto que se hayan aprobado y estén en ejecución con asignaciones para la paz, la inversión regional del 40% en cabeza de las regiones y el Sistema General de Regalías, podrán continuar vigentes.

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