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JEP cierra procesos penales contra 34 militares por ‘falsos positivos’ en Norte de Santander

La JEP concedió la renuncia a la persecución penal a 34 miembros del Ejército involucrados en seis asesinatos de civiles trasladados desde Soacha y presentados como bajas en combate entre 2007 y 2008.

JEP imagen de referencia. Foto: Getty Images.

JEP imagen de referencia. Foto: Getty Images. / NurPhoto

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) concedió la renuncia a la persecución penal a 34 comparecientes de la fuerza pública implicados en casos de ejecuciones extrajudiciales —conocidas como ‘falsos positivos’— ocurridos en los municipios de Ocaña y Ábrego, Norte de Santander, entre 2007 y 2008.

Los beneficiarios pertenecieron al Batallón de Infantería No. 15 General Francisco de Paula Santander y no fueron identificados como máximos responsables. Según la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, cumplieron con los requisitos exigidos al aportar una verdad detallada que supera lo establecido por la justicia ordinaria.

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Las víctimas fueron seis jóvenes trasladados con engaños desde Soacha (Cundinamarca) y asesinados en operativos simulados: Camilo Andrés Valencia (diciembre de 2007), Fair Leonardo Porras Bernal (enero de 2008), Elkin Gustavo Verano Hernández, Joaquín Castro Vásquez (enero de 2008), Yonny Duvián Soto Muñoz y Jaime Castillo Peña (agosto de 2008). En el caso de Porras Bernal, la JEP determinó que también se configuró el crimen de guerra de tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Durante tres audiencias realizadas entre agosto de 2024 y marzo de 2025, los comparecientes ofrecieron reconocimientos de responsabilidad ante los familiares de las víctimas, quienes también formularon preguntas que permitieron esclarecer nuevas circunstancias de los crímenes.

Además, los exintegrantes del Ejército presentaron propuestas restaurativas, entre ellas actos públicos de perdón, pagos de deudas funerarias y participación en iniciativas orientadas a la memoria de las víctimas. También ofrecieron garantías de no repetición y asumieron compromisos ante la JEP.

La decisión implica la extinción de la acción penal y disciplinaria, así como el archivo de los procesos en justicia ordinaria. No obstante, los comparecientes deberán mantener su compromiso con el régimen de condicionalidad: no cometer nuevos delitos, atender los llamados de la Jurisdicción y notificar cambios relevantes.

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