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JEP niega amnistía a excomandante de las Farc-EP por atentado con carro bomba en iglesia de Medellín

La JEP concluyó que el ataque con carro bomba contra una iglesia en Medellín en 2004 fue un crimen de guerra, por lo que rechazó conceder amnistía al excomandante del Frente Urbano Jacobo Arenas de las extintas Farc-EP.

Imagen de referencia JEP. Foto: Colprensa

Imagen de referencia JEP. Foto: Colprensa

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó la solicitud de amnistía presentada por Rolando Albeiro Acevedo Muñoz, alias ‘Octavio’, excomandante del Frente Urbano Jacobo Arenas de las extintas Farc-EP, por su participación en el atentado con carro bomba perpetrado el 7 de junio de 2004 en el parqueadero de la iglesia María Auxiliadora, en Medellín.

La Sala de Amnistía o Indulto (SAI) concluyó que los hechos constituyen un crimen de guerra y, por tanto, no son susceptibles de amnistía. Según la decisión, el ataque causó la destrucción o uso ilícito de bienes culturales y lugares de culto, así como daños a la población civil, lo que representa una grave infracción al Derecho Internacional Humanitario.

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El atentado, cuyo blanco era la estación de Policía de La Candelaria, dejó 13 personas heridas y provocó daños a edificaciones cercanas, incluyendo la iglesia María Auxiliadora —declarada bien de interés cultural por el municipio en 1991— y la Universidad Autónoma Latinoamericana.

Acevedo Muñoz fue identificado como el responsable de dar la orden del atentado, en su rol de comandante del Frente Urbano Jacobo Arenas, según reconoció él mismo en sus aportes a la verdad ante la JEP. El uso del parqueadero de la iglesia como lugar para detonar el explosivo provocó la destrucción total de siete vitrales italianos de 1905, desprendimiento del cielorraso, y daños a imágenes religiosas, cuadros, bancas y lámparas.

La JEP subrayó que el ataque no solo causó afectaciones materiales, sino que tuvo un profundo impacto espiritual, cultural y social para la comunidad de Medellín. La iglesia María Auxiliadora, además de su valor arquitectónico, representaba un símbolo del patrimonio religioso y cultural de la ciudad.

La Sala de Amnistía o Indulto remitió el caso a la Sala de Reconocimiento de Verdad para su inclusión en el Caso 10, que investiga crímenes no amnistiables cometidos por las extintas Farc-EP en contextos urbanos. Allí se determinará si Acevedo Muñoz tiene la calidad de máximo responsable por este tipo de crímenes.

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