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JEP niega amnistía a exFarc por secuestro agravado en San Vicente del Caguán

La JEP negó la amnistía a Luis Édgar Medina Sánchez, exFARC condenado por secuestro agravado, al concluir que su conducta no es amnistiable.

JEP imagen de referencia. Foto: Getty Images.

JEP imagen de referencia. Foto: Getty Images. / NurPhoto

La Jurisdicción Especial para la Paz negó la amnistía solicitada por Luis Édgar Medina Sánchez, exintegrante de las extintas FARC-EP, al concluir que su participación en un secuestro agravado no está cobijada por los beneficios establecidos en la Ley 1820 de 2016.

Según la decisión, Medina Sánchez fue condenado en la justicia ordinaria por su papel en el secuestro de un civil ocurrido en 2002, cuando la víctima fue abordada por hombres armados en zona rural de San Vicente del Caguán, Caquetá, y posteriormente retenida en poder de la estructura guerrillera. La sentencia determinó que el compareciente actuó como custodio del retenido y tuvo contacto directo con la familia para exigir el pago de dinero a cambio de su liberación.

La Sala de Amnistía e Indulto consideró que, aunque el compareciente afirmó haber actuado por órdenes de mando superior y en función del sostenimiento económico de la organización, los hechos corresponden a un secuestro extorsivo agravado, delito que no puede ser considerado como conexo al delito político bajo los parámetros fijados por la JEP y el Derecho Internacional Humanitario.

La resolución también indicó que el compareciente no logró demostrar que el hecho por el que fue condenado formaba parte de una estrategia militar legítima, ni que se tratara de una privación de libertad compatible con el derecho aplicable a los conflictos armados no internacionales.

Por estas razones, la JEP declaró improcedente la amnistía y mantuvo la validez de la condena dictada en la jurisdicción ordinaria.

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