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Esta es la sanción por irse de un retén sin autorización, ¿hay multa?: Código de Transporte explica

¿Ha pensado en fugarse de un retén? Esto podría acarrearle fuertes sanciones de tránsito. Conozca de cuánto es la sanción.

Referencia de multa y billetes colombianos. Foto: Colprensa y Jose Arbelaez.

Referencia de multa y billetes colombianos. Foto: Colprensa y Jose Arbelaez.

Todos los días en el país son interpuestas diferentes tipos de multas de tránsito a los conductores que circulan en cualquier vehículo por el territorio nacional, esto debido a que cometen infracciones de exceso de velocidad, movilizarse en pico y placa, usar el teléfono mientras se conduce, entre otras que acarrean multas que van desde lo económico, e incluso, la inmovilización del vehículo.

Generalmente, estas sanciones son colocadas por las autoridades competentes como los agentes de tránsito y por las ‘cámaras salvavidas’.

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Así mismo, todas estas multas están tipificadas en la ley del país, como por ejemplo el Código Nacional de Tránsito.

¿Cuál es la multa por irse de un retén?

Si bien no hay una ley específica que dictamine una multa por irse de un retén, si existe una sanción en el Código de Tránsito para los conductores que no acaten los requerimientos impuestos por un agente de tránsito. La multa es la C31 y tiene un monto de 15 SMDLV (Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes), lo que equivale a unos $711.750 pesos colombianos.

Esto quiere decir que, si está en medio de un retén ordenado por las autoridades de tránsito y tiene la indicación de quedarse allí, salir a la fuga podría acarrearle esta multa, más otras que también pueda estar incumpliendo.

¿Qué le puede pedir la autoridad de tránsito?

Según el Código de Tránsito la autoridad tiene facultades para:

  • Dirigir el tráfico vehicular en situaciones especiales o de mucha aglomeración.
  • Detener su vehículo, señalizando con la mano y siguiendo el protocolo establecido para esto, así como hacer retenes en las vías.
  • Grabar el procedimiento para tener un respaldo de todo lo que suceda, algo que también puede hacer el conductor.
  • Poner órdenes de comparendo y realizar pruebas de alcoholemia.
  • Pedirle que baje del vehículo y levar su carro a los parqueaderos, solo en los casos que lo permite el Código de Tránsito.

¿Cuáles son las multas de tránsito más comunes en Colombia?

  • Conducir sin la licencia de conducción: El conducir sin el documento público de carácter personal e intransferible expedido por autoridades competentes que autoriza a una persona para la conducción de vehículos, le dará una multa de 8 SMLDV, que para 2025 corresponde a $11.388.000
  • Conducir con la licencia de conducción vencida: Implica una infracción B02 del artículo 113, que lleva una multa de 347.000 pesos y a la inmovilización del vehículo si no llega alguien con el documento en regla antes de 40 minutos para recoger su vehículo.
  • Parquear en sitios no permitidos: Si es visto por algún agente de tránsito en un lugar mal parqueado, el valor de esta infracción en 2024 es de $650.000.
  • Conducir a velocidad superiores a las establecidas: El valor por conducir a exceso de velocidad, sanción que se categoriza como multa tipo C es de $650.000.
  • No portar el SOAT: Si un agente de tránsito lo sorprende conduciendo sin el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, podrá imponerle una multa equivalente a los 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, 1.423.500 pesos.
  • No realizar la revisión técnico mecánica: Si no cumple con la revisión tecnomecánica, la multa por la que deberá responder es de 15 SMDLV, es decir $650.000 para el 2024.
  • Usar el celular o dispositivos electrónicos al conducir: Según los salarios de 2024, la multa por la infracción C38 equivale a 650.000 pesos por manejar hablando o escribiendo mensajes por teléfono.
  • Conducir en estado de embriaguez: La Ley 1696 de 2013, que modifica la Ley 769 de 2002, y la Ley 1383 de 2010, establece las sanciones por conducir en estado de embriaguez. La multa hace parte de una infracción tipo D, es decir $1.423.500. No obstante, esto depende de los niveles de embriaguez con el que sea identificado. Hay casos en los que será inmovilizado el vehículo o le podrán cancelar la licencia de conducción.

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