Invima refuerza controles a alimentos que no cumplan con el etiquetado frontal obligatorio
A un año de la entrada en vigencia de esta normativa, Alexander Diaz, coordinador de vigilancia epidemiológica de alimentos y bebidas del Invima, habló sobre las sanciones a los productos sin etiquetado frontal.

Fin del plazo para el etiquetado frontal: Invima intensifica vigilancia en productos
04:54
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Imagen de referencia de etiquetado frontal. Foto: d3sign / Getty Images // Etiquetado nutricional
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) intensificará la inspección a productos alimenticios que no estén cumpliendo con los requisitos de etiquetado nutricional frontal, establecidos en la Resolución 810 de 2021 y sus modificaciones.
Alexander Díaz, coordinador de vigilancia de alimentos del Invima, explicó en entrevista con La W que el periodo de transición para adoptar este etiquetado culminó el 14 de junio de 2024. Desde entonces, el Invima realiza visitas a establecimientos productores para verificar el cumplimiento.
La normativa exige que los alimentos envasados lleven sellos de advertencia si superan niveles determinados de sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas trans o contienen edulcorantes. Si un producto no cumple con estos requisitos, puede ser objeto de una medida sanitaria como el decomiso.
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“Verificamos que los productos que superen los límites establecidos declaren los sellos de advertencia en su empaque”, indicó Díaz.
Entre los criterios técnicos, se incluyen valores como más de 300 mg de sodio por cada 100 gramos de producto, o que los azúcares o grasas saturadas representen más del 10 % del contenido energético total. En el caso de los edulcorantes, el simple uso de estos componentes obliga al etiquetado.
Díaz también señaló que los ciudadanos pueden reportar irregularidades cuando identifiquen productos sin el debido rotulado. Esta información es considerada un insumo clave para la articulación entre el Invima y las secretarías de salud departamentales y municipales, que ejercen control en los puntos de venta.
¿Para qué sirve el etiquetado frontal de alimentos?
El etiquetado frontal tiene como objetivo informar al consumidor si un producto excede los niveles establecidos de azúcares, sodio, grasas o contiene edulcorantes, mediante sellos de advertencia visibles en los empaques. Según el Invima, esta herramienta es fundamental para mejorar la toma de decisiones informadas en la compra de alimentos.
Durante el periodo de transición, los fabricantes pudieron agotar etiquetas previas o usar adhesivos temporales. Sin embargo, desde el 14 de junio de 2024, todos los productos fabricados, importados o comercializados deben cumplir con la normativa vigente en su totalidad.
El Invima indicó que ha trabajado de forma coordinada con el sector productivo y comercial para facilitar el proceso de implementación de las etiquetas. También recordó que no todos los productos requieren sellos, pues algunos no superan los valores límites establecidos por el Ministerio de Salud.
Además, las empresas tienen la posibilidad de reformular sus productos conforme a la Resolución 2674 de 2013, bajo verificación del Instituto. Otros aspectos del etiquetado, como los aditivos o fechas de vencimiento, siguen regulaciones específicas o recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas.
¿Qué debe tener la etiqueta frontal de alimentos en Colombia?
En Colombia, la implementación del etiquetado frontal de advertencia busca informar claramente a los consumidores sobre el contenido nutricional de los alimentos empacados. Según el Ministerio de Salud, ciertos productos deben exhibir sellos distintivos si superan límites específicos de nutrientes añadidos.
Estos sellos son obligatorios cuando un alimento incorpora sal/sodio, azúcares, grasas saturadas o grasas trans, y sus cantidades exceden los valores umbral definidos. Por ejemplo, un producto sólido con más de 300 mg de sodio por cada 100 gramos, o una bebida con edulcorantes, independientemente de la cantidad, activará la necesidad del etiquetado. Los criterios exactos varían en función de si el alimento es líquido o sólido.
El formato del sello es un octágono de fondo negro con letras blancas indicando “EXCESO EN” (en mayúsculas) seguido del nutriente específico (ej., “GRASAS SATURADAS” o “AZÚCARES”) o “CONTIENE EDULCORANTES”. Estos distintivos, que incluyen la palabra “MINSALUD”, deben ubicarse en el tercio superior derecho de la cara principal de la etiqueta. El tamaño del sello se ajusta proporcionalmente al área del empaque para asegurar su visibilidad y legibilidad, facilitando a los consumidores la toma de decisiones informadas sobre su alimentación.
Escuche la entrevista completa a continuación:
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