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Consejo de Estado ordena medidas urgentes para proteger a los niños del Catatumbo

El alto tribunal amparó los derechos fundamentales de niños y adolescentes víctimas del conflicto armado con el ELN y exigió al Gobierno acciones concretas para su protección integral.

Catatumbo. Foto: (Photo by RAUL ARBOLEDA/AFP via Getty Images)

Catatumbo. Foto: (Photo by RAUL ARBOLEDA/AFP via Getty Images) / RAUL ARBOLEDA

El Consejo de Estado falló una acción de tutela interpuesta por varios ciudadanos entre ellos el abogado Germán Calderón España, que actuaron como agentes oficiosos de la niñez del Catatumbo, región golpeada por la violencia armada.

En su decisión, la Sala de lo Contencioso Administrativo ordenó al Gobierno nacional y a varias entidades adoptar medidas urgentes para garantizar la vida, salud, educación y protección de los menores afectados.

La decisión se basa en la situación crítica que enfrentan los niños, niñas y adolescentes en esa zona del país, “víctimas notorias del conflicto armado que allí se vive a manos de grupos al margen de la ley”.

Para el Consejo de Estado, está demostrada “la sistemática violencia que sufren los niños, niñas y adolescentes en la zona del Catatumbo, a la que el Gobierno Nacional deberá preponderar para evitar que los menores de edad sigan muriendo en esa región”.

Según la acción de tutela, los menores han sido asesinados, heridos, reclutados o desplazados.

Muchos se encuentran refugiados en Cúcuta “bajo condiciones precarias e inhumanas”, sin acceso a vivienda digna, salud o alimentación adecuada.

“La situación presentada desconoce la vida y la integridad de los niños, niñas y adolescentes”, señala el fallo.

Por ello, el Consejo de Estado ordenó a entidades como la Presidencia, los ministerios de Educación, Salud, Cultura, Interior y Vivienda, entre otros, elaborar un censo de menores en riesgo, reubicarlos con sus familias, garantizarles el acceso a servicios básicos y brindar protección ante la amenaza de grupos armados.

El Estado no puede ser indiferente frente al clamor de una región históricamente olvidada. No basta con reconocer la existencia de una crisis; es deber constitucional actuar para restablecer los derechos fundamentales de sus niños y niñas”, subrayó la Sala.

“Exhortar a la UARIV, al Ministerio del Interior, al Ministerio de Salud y Protección Social, al Ministerio del Deporte, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, al Ministerio de Trabajo, al Ministerio de la Igualdad, al Ministerio de Educación Nacional, a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, al Departamento Nacional de Planeación, a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y a la Agencia de Renovación del Territorio para que, en el término de quince (15) días contado a partir de la notificación de esta providencia, en el ejercicio de sus competencias legales y dentro del principio de colaboración armónica, implementen las medidas humanitarias en favor de la población en condición de desplazamiento reciente en la región del Catatumbo, caracterizadas con un enfoque diferencial en lo que a niños, niñas y adolescentes por encontrarse en condición de “emergencia” se refiere, quienes tendrán prevalencia constitucional, en aras de lograr su protección integral y el restablecimiento de sus derechos", se lee en el fallo.

La decisión también exige coordinación entre niveles de gobierno y el despliegue de acciones articuladas con organizaciones internacionales como la ONU, la Cruz Roja y ACNUR, para la verificación y vigilancia de la atención humanitaria.

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