Multa de casi $800.000 podría afectar a quienes viven en conjuntos residenciales: ¿La conoce?
¿Conoce esta normativa de convivencia? Le contamos los tipos de multa que hay para que evite sanciones.

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La convivencia pacífica en un edificio o conjunto residencial puede verse afectada por la conducta de un vecino conflictivo. Por ello, en Colombia, la ley proporciona mecanismos para manejar estas situaciones a partir de la normativa para este tipo de inmuebles o recurriendo a diversas instancias de arbitraje civil.
Sobre el tema, el Gobierno Nacional sancionó la Ley Contra el Ruido, un proyecto que ya había sido validado en el Congreso de la República y que pasaba a sanción presidencial. Esta iniciativa busca reducir la contaminación auditiva que hay en las principales ciudades del país.
Uno de los impulsadores de este proyecto es el representante a la Cámara por Antioquia Daniel Carvalho, quien celebró la determinación a través de sus redes sociales: “Ahora tendremos reglas claras para reducir la contaminación acústica y lograr ciudades más serenas“.
La normativa establece que, en zonas residenciales, el límite permitido es de 55 decibeles durante el día y 45 decibeles en la noche.
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¿Qué dice la ley sobre el exceso de ruido?
Los siguientes comportamientos afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas y por lo tanto no deben efectuarse:
- Sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo, en cuyo caso podrán las autoridades de Policía desactivar temporalmente la fuente del ruido, en caso de que el residente se niegue a desactivarlo.
- Cualquier medio de producción de sonidos o dispositivos o accesorios o maquinaria que produzcan ruidos, desde bienes muebles o inmuebles, en cuyo caso podrán las autoridades identificar, registrar y desactivar temporalmente la fuente del ruido, salvo sean originados en construcciones o reparaciones en horas permitidas.
¿De cuánto es la multa por ruido en zonas residenciales?
El artículo 180 de la ley asegura que el monto de la sanción dependerá de la falta, además se menciona que “la desobediencia, resistencia, desacato, o reiteración del comportamiento contrario a la convivencia, incrementará el valor de la multa, sin perjuicio de los intereses causados y el costo del cobro coactivo”.
De esta manera, se aclara que las multas para la Ley Contra el Ruido se dividen en generales y especiales:
- Multa tipo 1: dos salarios mínimos diarios legales vigentes ($94.900).
- Multa tipo 2: cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes ($189.800).
- Multa tipo 3: ocho salarios mínimos diarios legales vigentes ($379.600)
- Multa tipo 4: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes ($759.200).
¿Cómo es la regulación del ruido en eventos culturales o artísticos?
Si en la zona residencial se presentan eventos culturales o artísticos, se contará con la posibilidad de hacer un mayor nivel de ruido, pero deberá ser en horas específicas y con autorización de las autoridades.
En caso de que se incumplan, las multas irán deacuerdo con la cantidad de asistentes al evento de la siguiente forma:
- Entre cien (100) y ciento cincuenta (ISO) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando el aforo sea de hasta trescientas (300) personas.
- Entre ciento cincuenta y uno (lSI) y doscientos cincuenta (250) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando el aforo sea de entre trescientas una (301) Y seiscientas (600) personas.
- Entre doscientos cincuenta y uno (251) y trescientos cincuenta (350) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando el aforo sea entre seiscientas una (601) Y cinco mil personas.
- Entre quinientos (500) y ochocientos (800) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando el aforo sea superior a cinco mil (5.000) personas.