Comisión de Disciplina deja en firme exclusión por 3 años contra abogado por escándalo de Emcarbón
Tomás Javier Oñate, abogado de Luis Eduardo Manjarrés, también procesado por el escándalo, fue hallado responsable disciplinariamente de haber buscado torcer un proceso y lograr una indemnización ilegal.

Imagen de referencia de minas. Foto: Getty Images. / Tyler Stableford
La Comisión de Disciplina Judicial dejó en firme la pena de exclusión del ejercicio del derecho por 3 años contra el abogado Tomás Javier Oñate Acosta, al encontrarlo culpable de haber adelantado de forma dolosa un fraude en compañía de un juez de San Juan del Cesar, así como de su representado, el empresario Luis Eduardo Manjarrés, para cobrar ilegalmente una falsa indemnización accionaria por más de 47.000 millones de pesos.
El caso se relaciona con la liquidación y venta de la empresa Emcarbón, que operaba en el Cesar, a la compañía Pinehill International. Vale acotar que el testigo ante la JEP, Jaime Blanco Maya ha señalado ante la JEP que Emcarbón fue vendida con presión de paramilitares como Vicente Castaño.
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Según el expediente en la Comisión, el empresario Manjarrés por medio del abogado Oñate, impulsó una demanda en la que alegaba tener 3.000 acciones vigentes de Emcarbón por las cuales exigía una indemnización superior a los 47.000 millones de pesos, para lo cual, de acuerdo con el proceso, abogado y cliente se articularon con el juez de San Juan del Cesar, Harold Fabián Daza para emitir una orden de pago ilegal a la empresa Sator (actual dueña de los terrenos) así como un embargo a sus cuentas.
El juez Harold Fabián Daza, luego de ser capturado y tras indicarle a la Fiscalía que colaboraría, presuntamente se suicidó pegándose un tiro en la cabeza.
Para la Comisión de Disciplina Judicial, con ponencia del magistrado Julio Sampedro, las actuaciones indebidas del abogado Oñate, que incluso ya fueron evaluadas penalmente, permiten concluir que se apartó de sus deberes éticos y además, buscó dilatar el proceso por medio de ausencias injustificadas a diferentes audiencias.
“Al realizar una reconstrucción de lo ocurrido en el proceso ejecutivo, es posible entender que, entre el señor Manjarrés Pumarejo y el abogado Oñate Acosta existió un acuerdo para elaborar una demanda que no cumplía con los requisitos necesarios para su procedencia, razón por la cual requerían que un juez de manera consciente aceptara el escrito y librara mandamiento ejecutivo, para este efecto contactaron al juez Harold Fabián Daza, quien pese a no contar con la competencia territorial para conocer del asunto, accedió a lo pretendido por los demandantes, esto según lo reconoció él mismo ante la Fiscalía, a cambio de una suma de dinero” se extrae del expediente.
Adicionalmente, la Comisión fijó una multa equivalente a 20 salarios mínimos mensuales vigentes al abogado señalado de haber participado en el “torcido” para favorecer al empresario Manjarrés con unas acciones que ya había vendido y por las cuales ahora buscaba que le volvieran a pagar, según el proceso.