CREG confirma posibles errores en la facturación de energía en copropiedades de la Costa
A través de un concepto, se corroboró la que sería una incorrecta facturación por parte de las empresas de energía en la región.

Imagen de referencia. Foto: Getty Images / Oscar Martín
Barranquilla
A través de un concepto, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) corroboró posibles errores aplicación de facturación a copropiedades por parte de las empresas operadoras del sistema energético de la Costa, Air-e y Afinia.
Tras denuncias, acciones legales, alertas a los entes de control y movilización silenciosa desde cientos de conjuntos residenciales del Caribe colombiano, la entidad se pronunció sobre la forma en que se factura la energía en propiedades horizontales, misma que estaría técnicamente mal aplicada.
El concepto técnico emitido por la CREG, establece con claridad los mecanismos de medición que deben cumplir las empresas a cargo del servicio.
En ese sentido, explican que, cuando se hace un balance de energía entre un medidor general (ubicado en nivel de tensión II) y los medidores individuales (nivel de tensión I), es obligatorio hacer una referenciación técnica entre niveles y la tarifa a cobrar debe corresponder al nivel de tensión II.
Es decir, no se puede restar directamente sin aplicar el factor de pérdidas correspondiente, tal como exige la Resolución CREG 015 de 2018.
De acuerdo con Carolina Ríos, experta del sector y quien esta liderando la acción, se están generando sobre costos a las copropiedades por una mala medición.
“Veían como sus recibos empezaban a aumentar vertiginosamente sin poder hacer nada más que pagar”, aseguró.
Según Ríos, la situación ha afectado durante años a más de 100.000 familias en la región Caribe, a las que les han cobrado kilovatios adicionales que nunca consumieron, como resultado de una fórmula de facturación “técnicamente incorrecta”.
“No es una teoría. No es una interpretación. Es un hecho confirmado por el órgano regulador del sector”, indicó.
Adicionalmente, se conoció que las empresas operadoras habrían aplicado el modelo sin ajustes, sin referenciar, y facturando el diferencial con tarifa de nivel II.
Lo anterior, generado cobros más altos, presuntos sobre consumos ficticios y una posible vulneración masiva a la Ley 142 y 143 de los servicios públicos.
“Este concepto de la CREG representa una victoria para los ciudadanos organizados, para los líderes comunales que se enfrentaron a diagnósticos confusos, a trámites enredados y a la indiferencia de las entidades. Porque valida, con lenguaje técnico oficial, lo que cientos de denuncias y acciones populares venían advirtiendo sin ser escuchadas”, concluyó Ríos