Corte Constitucional publica comunicado sobre la pensional y MinInterior convoca a sesiones extras
El alto tribunal publicó los argumentos de su decisión en la que ordena ajustar varios vicios de trámite que fueron encontrados durante la deliberación de la reforma.

Ministro del Interior de Colombia, Armando Benedetti. Foto: EFE/Carlos Ortega / Carlos Ortega (EFE)
La Corte Constitucional publicó oficialmente el comunicado sobre la decisión de la reforma pensional, mediante el cual anunció públicamente los motivos y argumentos de su decisión de devolver la reforma a la Cámara de Representantes para que se subsanen los vicios de procedimiento, “pupitrazos”, etc. ocurridos en el debate en la Plenaria de la Cámara.
“La Corte constató que se incumplió el deber de garantizar el mínimo de deliberación necesario para tener por cumplido el trámite exigido y con ello se afectó el principio de consecutividad, el principio democrático y los derechos de las minorías”, sentenció el alto tribunal.
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Tras la publicación del comunicado, el ministro del Interior, Armando Benedetti, anunció que la Cámara de Representantes será convocada a sesiones extraordinarias desde este 27 de junio, es decir, en horas.
Por otra parte y descendiendo a los detalles de la decisión de la Corte, en su comunicado la Sala Plena determinó que durante la proposición de la representante María del Mar Pizarro y otros en la cual se propuso acoger en integridad el texto proveniente del Senado, el tiempo de intervenciones fue limitado, corto e insuficiente. Según los cálculos de la Corte, la discusión no duró ni una hora para luego terminar “pupitreando” el texto.
“Lejos de haberse aplicado la suficiente ilustración en un contexto en el que ya existía un debate sustancial sobre el contenido del proyecto, la decisión de cerrar prematuramente la discusión se adoptó en un momento en el que aún no se habían discutido los aspectos fundamentales de la reforma y había representantes a la espera de intervenir en la discusión para referirse al texto y solicitar además la discusión y aprobación de las proposiciones presentadas”, dijo la Corte.
En ese mismo sentido, los magistrados señalaron que el vicio encontrado puede ser subsanable debido a que se relaciona con la “formación de la ley”; al mismo tiempo, para la Sala Plena no se eludió completamente el segundo debate de la reforma pensional, sino parcialmente, habida cuenta de la discusión y votación de seis artículos durante las sesiones entre el 11 y 14 de junio del 2024, previo a la “pupitreada”.
“Todo lo anterior, demuestra que el debate fue insuficiente, pero no por ello inexistente, y que, por lo tanto, el vicio configurado se puede subsanar”, concluyó la Sala Plena.
Así las cosas, la Corte Constitucional en el comunicado notificando lo decidido sentenció que para subsanar el vicio encontrado debe reiniciarse el debate desde el preciso momento de la proposición de la representante Pizarro donde se propuso acoger el texto del Senado.
Luego de ello, según la Corte se tendrá que garantizar el debate sobre las eventuales nuevas proposiciones que aparezcan durante el reinicio del debate, y de salir un texto distinto al aprobado en su momento, se tendrá que acudir a una instancia de conciliación con el Senado.