Corte Constitucional “tumba” intervención del Gobierno sobre la EPS Sanitas
El alto tribunal amparó los derechos de la prestadora de salud, al encontrar que se vulneraron sus garantías por parte de la Superintendencia.

EPS Sanitas. Foto: EFE. / Mauricio Duenas Castaneda (EFE)
La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó sin efectos la intervención del Gobierno, por medio de la Superintendencia de Salud, sobre la EPS Sanitas y sus bienes, la cual se había adelantado desde el año pasado.
El alto tribunal, al resolver una acción de tutela que había sido declarada improcedente en el pasado por la Corte Suprema, determinó amparar los derechos al debido proceso de Sanitas, sus clínicas y Keralty S.A.S., al encontrar que se vulneraron sus garantías en la intervención que realizó el gobierno.
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Según lo encontrado por la Corte Constitucional, aunque la SuperSalud justificó la intervención de Sanitas por una “insuficiencia patrimonial” para prestar el servicio, no tuvo en cuenta las órdenes que desde el alto tribunal se le ha dado al Gobierno en el seguimiento a la situación del sistema de salud, tales como la actualización debida del valor de la UPC que se debe pagar a los prestadores, el reconocimiento de los presupuestos máximos, así como la actualización de cifras del sistema, temas fundamentales que deben cumplirse y tenerse en cuenta al tomar estas determinaciones de fondo.
Por lo anterior, revocó tanto la primera resolución de intervención expedida el 2 de abril del 2024, así como la publicada el 1 de abril de 2025, en donde la SuperSalud extendió la intervención sobre todos sus activos y planes de oferta en salud.
La decisión contó con salvamento de voto del magistrado Vladimir Fernández Andrade, quien se apartó de la voluntad mayoritaria de revocar la intervención forzosa de la EPS.